Código Penal Colombiano · Ley 599 de 2000
Artículo 390 del Código Penal Colombiano
Corrupción de sufragante
¿Qué dice el artículo 390?
Este artículo establece que es un delito ofrecer o aceptar dinero, dádivas o beneficios para influir en el voto de un ciudadano en elecciones o mecanismos de participación democrática. Aplica tanto a quienes ofrecen como a quienes aceptan estas promesas, incluyendo a servidores públicos, con penas más severas si se utilizan recursos públicos.
- Prohibido ofrecer o aceptar dádivas por votos.
- Aplica a ciudadanos y extranjeros habilitados para votar.
- Las penas son más severas para servidores públicos.
- El uso de recursos públicos aumenta la pena.
- Se sanciona tanto al oferente como al sufragante.
Ejemplos
- Un candidato que promete dinero a un votante a cambio de su voto.
- Un funcionario que acepta un regalo para favorecer a un partido en una consulta popular.
- Conocer este artículo es útil para entender las consecuencias legales de la corrupción electoral.
Texto oficial del artículo 390
Artículo 390.Corrupción de sufragante. El que celebre contrato, condicione su perfección o prórroga, prometa, pague o entregue dinero, dádiva u ofrezca beneficio particular o en favor de un tercero a un ciudadano o a un extranjero habilitado por la ley con el propósito de sufragar por un determinado candidato, partido o corriente política, o para que lo haga en blanco o se abstenga de hacerlo, incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años y multa de doscientos (200) a mil(1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
En igual pena incurrirá quien por los mismos medios obtenga en plebiscito, referendo, consulta popular o revocatoria del mandato votaciónen determinado sentido.
En igual pena incurrirá el sufragante que acepte la promesa, el dinero, la dádiva, el contrato, o beneficio particular con los fines señalados en el inciso primero.
La pena se aumentará de una tercera parte a la mitad cuando la conducta sea realizada por un servidor público.
La pena se aumentará de la mitad al doble cuando en la promesa, pago o entrega de dinero, beneficios o dádivas medien recursos públicos.
Fuente: Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si me ofrecen dinero por mi voto?
Si te ofrecen dinero, dádivas o beneficios para que votes por un candidato o partido, eso es un delito de corrupción de sufragante. Puedes denunciarlo, ya que tanto el oferente como el que acepta la oferta pueden enfrentar penas de prisión y multas.
¿Qué pena enfrentan los que cometen este delito?
La pena por corrupción de sufragante es de prisión de cuatro a ocho años y una multa que varía entre doscientos y mil salarios mínimos legales mensuales vigentes. Esta pena se puede aumentar si se utilizan recursos públicos o si el infractor es un servidor público.