Código Penal Colombiano · Ley 599 de 2000

Artículo 300 del Código Penal Colombiano

Ofrecimiento engañoso de productos y servicios

¿Qué dice el artículo 300?

Este artículo establece que los productores, distribuidores, proveedores, comerciantes, importadores, expendedores o intermediarios que ofrezcan bienes o servicios al público de manera masiva, deben asegurarse de que estos correspondan a la calidad, cantidad, peso y demás características anunciadas. Si no lo hacen, incurren en una sanción.

  • Se prohíbe el ofrecimiento engañoso de productos y servicios.
  • Aplica a cualquier actor en la cadena de distribución.
  • La oferta debe corresponder a lo anunciado.
  • Incurre en multa si se incumple.
  • Protege al consumidor de fraudes.

Ejemplos

  • Un comerciante que vende un producto como '100% natural' pero contiene aditivos.
  • Un proveedor que ofrece un servicio de limpieza garantizando un tiempo de respuesta que no cumple.
  • Un importador que anuncia un producto con ciertas especificaciones que no se corresponden con el recibido.

Texto oficial del artículo 300

Artículo 300.Ofrecimiento engañoso de productos y servicios. El productor, distribuidor, proveedor, comerciante, importador, expendedor o intermediario que ofrezca al público bienes o servicios en forma masiva, sin que los mismos correspondan a la calidad, cantidad,componente, peso, volumen, medida e idoneidad anunciada en marcas, leyendas, propaganda, registro, licencia o en la disposición que haya oficializado la norma técnica correspondiente, incurrirá en multa.

Fuente: Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si un producto no cumple con lo anunciado?

Si un producto no corresponde a la calidad o características anunciadas, el responsable puede ser sancionado con una multa. Esto protege a los consumidores de ofertas engañosas y asegura que reciban lo que se les prometió.

¿Quiénes pueden ser sancionados bajo este artículo?

Pueden ser sancionados productores, distribuidores, proveedores, comerciantes, importadores, expendedores o intermediarios que ofrezcan bienes o servicios al público de manera masiva, si no cumplen con lo que han anunciado.

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