Código Penal Colombiano · Ley 599 de 2000
Artículo 279 del Código Penal Colombiano
Falsificación o uso fraudulento de sello oficial
¿Qué dice el artículo 279?
Este artículo establece que cualquier persona que falsifique un sello oficial o use de manera fraudulenta un sello legítimo, en los casos que la ley requiera, estará incurriendo en una falta que conlleva una sanción. Aplica a quienes manipulen sellos oficiales en documentos o trámites donde su uso sea necesario.
- Falsificar un sello oficial es un delito.
- El uso fraudulento de un sello legítimo también es sancionable.
- Aplica en casos donde la ley requiera el uso de sellos oficiales.
- La sanción por este comportamiento es una multa.
Ejemplos
- Un ciudadano que falsifica un sello de una entidad pública para obtener un documento oficial.
- Una persona que utiliza un sello legítimo de una empresa para firmar un contrato sin autorización.
Texto oficial del artículo 279
Artículo 279.Falsificación o uso fraudulento de sello oficial. El que falsifique sello oficial o use fraudulentamente el legítimo, en los casos que legalmente se requieran, incurrirá en multa.
Fuente: Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué sucede si uso un sello oficial sin autorización?
Si usas un sello oficial sin autorización, estarías incurriendo en un uso fraudulento, lo que puede llevar a una sanción. Es importante que siempre tengas el permiso adecuado para utilizar sellos que no te pertenecen.
¿Qué se considera falsificación de un sello oficial?
La falsificación de un sello oficial se refiere a crear un sello que no es auténtico o modificar uno existente para que parezca legítimo. Esto es un delito grave que puede tener consecuencias legales.