Código Penal Colombiano · Ley 599 de 2000

Artículo 162 del Código Penal Colombiano

Reclutamiento ilícito

¿Qué dice el artículo 162?

El artículo 162 del Código Penal Colombiano establece que cualquier persona que reclute a menores de dieciocho años para participar en un conflicto armado, ya sea de manera directa o indirecta, incurre en delitos graves. Esto incluye el uso o la obligación de estos menores en hostilidades o acciones armadas, lo que busca proteger a la infancia en situaciones de violencia.

  • Prohíbe el reclutamiento de menores de 18 años en conflictos armados.
  • Aplica a quienes utilicen o obliguen a menores a participar en hostilidades.
  • Establece penas de prisión y multas significativas.
  • Busca proteger a la infancia de la violencia armada.
  • Refuerza la responsabilidad penal en contextos de conflicto.

Ejemplos

  • Un grupo armado que recluta a un adolescente para participar en combates.
  • Una organización que utiliza a menores en actividades de guerra o violencia.
  • Conocer este artículo es útil para entender las consecuencias legales del reclutamiento de menores en situaciones de conflicto.

Texto oficial del artículo 162

Artículo 162.Reclutamiento ilícito. El que, con ocasión y en desarrollo de conflicto armado, reclute menores de dieciocho (18) años, los utilice o los obligue a participar directa o indirectamente en las hostilidades, o en acciones armadas, incurrirá en prisión de ciento cincuenta y seis (156), a doscientos setenta y seis (276) meses y en multa de (800) ochocientos a (1.500) mil quinientos salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Fuente: Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si alguien recluta a un menor para un conflicto armado?

La persona que recluta a un menor de dieciocho años para participar en un conflicto armado puede enfrentar penas de prisión de 156 a 276 meses, además de multas que oscilan entre 800 y 1.500 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

¿Qué se considera reclutamiento ilícito?

Se considera reclutamiento ilícito cualquier acción que implique la utilización o la obligación de menores de 18 años para participar en hostilidades o acciones armadas, en el contexto de un conflicto armado.

Artículos relacionados (Capitulo unico)

Pregúntale a Chat Colombia

¿Tienes una duda sobre tu caso? Escríbela con tus palabras en la app y te respondemos con el artículo y la fuente oficial.

Información general basada en el texto oficial de la norma. No reemplaza la asesoría de un abogado. Chat Colombia es una aplicación independiente y no está afiliada a ninguna entidad del Gobierno de Colombia. Actualizado el 2026-11-02.