Código Penal Colombiano · Ley 599 de 2000

Artículo 118 del Código Penal Colombiano

Parto o aborto preterintencional

¿Qué dice el artículo 118?

Este artículo establece que si una mujer sufre una lesión que provoca un parto prematuro con consecuencias negativas para su salud o la del bebé, o si ocurre un aborto, las penas por la agresión se incrementan entre un tercio y la mitad. Aplica a casos de lesiones personales que resulten en estas situaciones.

  • Aumenta penas por lesiones a mujeres embarazadas.
  • El aumento de pena es de un tercio a la mitad.
  • Aplica si hay consecuencias nocivas para la salud de la mujer o el bebé.
  • Se considera parto prematuro o aborto como resultado de la lesión.
  • Las penas ya incluyen el aumento de la Ley 890 de 2004.

Ejemplos

  • Una mujer embarazada sufre una agresión que provoca un parto prematuro y sufre complicaciones.
  • Una lesión a una mujer embarazada que resulta en un aborto espontáneo debido a la agresión.

Texto oficial del artículo 118

Artículo 118.Parto o aborto preterintencional.Si a causa de la lesión inferida a una mujer, sobreviniere parto prematuro que tenga consecuencias nocivas para la salud de la agredida o de la criatura, o sobreviniere el aborto, las penas imponibles según los artículos precedentes, se aumentarán de una tercera parte a la mitad.

Fuente: Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si una mujer embarazada es agredida?

Si una mujer embarazada es agredida y esto causa un parto prematuro o un aborto, las penas por la agresión se incrementan entre un tercio y la mitad. Esto busca proteger la salud de la mujer y del bebé ante situaciones de violencia.

¿Cómo se determina el aumento de la pena?

El aumento de la pena se determina en función de las consecuencias de la lesión. Si el parto es prematuro o hay un aborto, la pena se incrementa entre un tercio y la mitad de lo que se hubiera impuesto originalmente por la lesión.

Artículos relacionados (Capitulo tercero de las lesiones personales)

Pregúntale a Chat Colombia

¿Tienes una duda sobre tu caso? Escríbela con tus palabras en la app y te respondemos con el artículo y la fuente oficial.

Información general basada en el texto oficial de la norma. No reemplaza la asesoría de un abogado. Chat Colombia es una aplicación independiente y no está afiliada a ninguna entidad del Gobierno de Colombia. Actualizado el 2026-11-02.