Código Nacional de Policía y Convivencia · Ley 1801 de 2016

Artículo 82 del Código Nacional de Policía

El derecho a la protección del domicilio

¿Qué dice el artículo 82?

Este artículo establece que cualquier persona que viva en un inmueble y sienta que su derecho ha sido perturbado ilegalmente puede acudir al inspector de Policía para iniciar una querella. La acción busca proteger el domicilio de manera inmediata, manteniendo el estado actual del inmueble mientras se resuelve el conflicto en un juzgado.

  • Los domiciliados pueden solicitar protección ante perturbaciones ilegales.
  • La acción se inicia ante el inspector de Policía.
  • La medida busca mantener el statu quo del inmueble.
  • El juez ordinario decidirá sobre los derechos en disputa.
  • La medida debe ser reportada a la oficina de registro correspondiente.

Ejemplos

  • Si un vecino realiza obras que afectan tu tranquilidad y acceso a tu hogar, puedes solicitar protección.
  • En caso de que alguien intente ocupar tu propiedad sin permiso, puedes acudir al inspector de Policía.
  • Si hay ruidos excesivos o invasiones de tu espacio privado, este artículo te permite actuar.

Texto oficial del artículo 82

ARTÍCULO 82. El derecho a la protección del domicilio. Quien se encuentre domiciliado en un inmueble y considere que su derecho ha sido perturbado o alterado ilegalmente, podrá acudir al inspector de Policía, para iniciar querella mediante el ejercicio de la acción de protección, por el procedimiento señalado en este Código.

La protección del domicilio es una medida de efecto inmediato, cuya única finalidad es mantener el statu quo, mientras el juez ordinario competente decide definitivamente sobre los derechos en controversia y las indemnizaciones correspondientes si a ellas hubiera lugar.

PARÁGRAFO . La medida de que trata el presente artículo garantizará el statu quo físico y jurídico del bien y deberá ser reportada a la oficina de registro de instrumentos públicos de la jurisdicción del inmueble.

DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA

Fuente: Código Nacional de Policía y Convivencia (Ley 1801 de 2016), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué debo hacer si siento que mi derecho a la tranquilidad en mi hogar ha sido vulnerado?

Puedes acudir al inspector de Policía para iniciar una querella. Es importante que lleves pruebas de la perturbación para que se inicie el procedimiento de protección de tu domicilio.

¿Qué significa mantener el statu quo?

Mantener el statu quo significa que se busca conservar la situación actual del inmueble mientras se resuelve el conflicto legal. Esto evita que se realicen cambios que puedan afectar tus derechos hasta que un juez tome una decisión.

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