Código Nacional de Policía y Convivencia · Ley 1801 de 2016
Artículo 235 del Código Nacional de Policía
Sistema único para el mejoramiento y prevención de los abusos en la actividad de Policía
¿Qué dice el artículo 235?
Este artículo establece la creación de un sistema electrónico único para que la ciudadanía pueda presentar quejas, sugerencias y reclamos sobre la actividad de la Policía Nacional. Este sistema, que debe ser implementado por la Policía, la Procuraduría y el Ministerio de Tecnologías, busca garantizar un acceso fácil y oportuno a la información sobre las actividades policiales y sus resultados en seguridad y convivencia.
- Creación de un sistema electrónico de quejas.
- Acceso fácil y oportuno para la ciudadanía.
- Reportes en tiempo real de actividades policiales.
- Resultados estadísticos sobre la actividad de Policía.
- Reglamentación por parte del Gobierno nacional.
Ejemplos
- Si un ciudadano quiere presentar una queja sobre un procedimiento policial, puede usar este sistema.
- Alguien que tenga sugerencias sobre la seguridad en su barrio puede hacerlas a través de este sistema.
- Conocer este artículo es útil si deseas entender cómo se manejan las quejas contra la Policía.
Texto oficial del artículo 235
ARTÍCULO 235. Sistema único para el mejoramiento y prevención de los abusos en la actividad de Policía. La Policía Nacional, la Procuraduría General de la Nación y el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, dentro del año siguiente a la promulgación del presente Código, establecerá un sistema electrónico único de quejas, sugerencias y reclamos de cobertura nacional que garantice un acceso fácil y oportuno a la ciudadanía.
El sistema electrónico único deberá reportar en tiempo real las actividades que realicen las autoridades de Policía y el resultado de las mismas en materia de seguridad y convivencia ciudadana, siempre y cuando no se afecten operaciones policiales en desarrollo ni se contravenga la ley.
El Gobierno nacional reglamentará la implementación del sistema establecido en este artículo para que el mismo pueda arrojar resultados estadísticos sobre la actividad de Policía.
Fuente: Código Nacional de Policía y Convivencia (Ley 1801 de 2016), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Cómo puedo presentar una queja sobre la Policía?
Puedes presentar tu queja a través del sistema electrónico único que se establecerá, el cual garantizará un acceso fácil y oportuno. Este sistema te permitirá hacer sugerencias y reclamos sobre la actividad policial.
¿Qué información recibiré sobre la Policía?
El sistema reportará en tiempo real las actividades de la Policía y los resultados en materia de seguridad y convivencia, siempre que no afecte operaciones en desarrollo ni contravenga la ley.