Código Nacional de Policía y Convivencia · Ley 1801 de 2016
Artículo 186 del Código Nacional de Policía
Construcción, cerramiento, reparación o mantenimiento de inmueble
¿Qué dice el artículo 186?
Este artículo establece que la Policía puede ordenar la construcción, cerramiento, reparación o mantenimiento de un inmueble que esté en mal estado o que represente un riesgo para sus habitantes y transeúntes. Esta medida se aplica a cualquier tipo de inmueble, incluyendo predios sin desarrollo o construcción, con el objetivo de garantizar la seguridad y el bienestar de la comunidad.
- La Policía puede ordenar reparaciones en inmuebles en mal estado.
- Se busca prevenir riesgos para moradores y transeúntes.
- Aplica a cualquier tipo de inmueble.
- Incluye mantenimiento de predios sin construcción.
- El objetivo es regresar el inmueble a su estado original.
Ejemplos
- Un edificio que presenta grietas y puede colapsar, donde la Policía ordena su reparación.
- Un terreno baldío que se encuentra en mal estado y representa un peligro para los vecinos, donde se requiere su cerramiento.
Texto oficial del artículo 186
ARTÍCULO 186. Construcción, cerramiento, reparación o mantenimiento de inmueble. Es la orden de Policía de mantener, reparar, construir, cerrar o reconstruir un inmueble en mal estado o que amenace ruina, con el fin de regresarlo a su estado original o para que no implique riesgo a sus moradores y transeúntes. Esta orden puede aplicarse a cualquier clase de inmueble. Se incluye en esta medida el mantenimiento y cerramiento de predios sin desarrollo o construcción.
Fuente: Código Nacional de Policía y Convivencia (Ley 1801 de 2016), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué debo hacer si mi casa tiene problemas estructurales?
Si tu casa presenta problemas estructurales, es importante que realices las reparaciones necesarias para garantizar la seguridad de quienes viven allí. Si no lo haces, la Policía puede ordenar que se realicen las obras para evitar riesgos.
¿La Policía puede intervenir en terrenos baldíos?
Sí, la Policía puede intervenir en terrenos baldíos que estén en mal estado o que representen un riesgo para la comunidad, ordenando su mantenimiento o cerramiento para proteger a los transeúntes.