Código Nacional de Policía y Convivencia · Ley 1801 de 2016

Artículo 133 del Código Nacional de Policía

Tasas del registro de caninos potencialmente peligrosos

¿Qué dice el artículo 133?

El artículo 133 autoriza a los municipios a establecer tasas que los propietarios deben pagar por el registro de caninos considerados potencialmente peligrosos. También se les permite definir las condiciones bajo las cuales se puede suspender o cancelar el permiso para tener estos animales. Esto aplica a todos los propietarios de caninos que se clasifiquen en esta categoría.

  • Los municipios pueden definir tasas de registro.
  • Se requiere un permiso para poseer caninos potencialmente peligrosos.
  • Las condiciones para suspender o cancelar el permiso son definidas por los municipios.
  • Se cambia la terminología de 'perro potencialmente peligroso' a 'perro de manejo especial'.

Ejemplos

  • Si decides adoptar un perro de una raza considerada peligrosa, debes registrarlo y pagar la tasa correspondiente en tu municipio.
  • Si ya tienes un perro de manejo especial y quieres mudarte a otro municipio, debes verificar si debes volver a registrarlo y pagar la tasa allí.

Texto oficial del artículo 133

ARTÍCULO 133. Tasas del registro de caninos potencialmente peligrosos. Autorízase a los municipios para definir las tasas que se cobrarán a los propietarios por el registro en el censo de caninos potencialmente peligrosos, la expedición del permiso correspondiente, así como las condiciones por las cuales se suspenda o cancele el permiso para poseer ejemplares caninos potencialmente peligrosos.

(Declarado EXEQUIBLE mediante Sentencia de la Corte Constitucional C-059 de 2018)

NOTA: Ordena reemplazar en toda la legislación y normatividad nacional la expresión “perro potencialmente peligroso” o “raza(s) potencialmente peligrosas” por “perro de manejo especial” o “razas de manejo especial”.

Fuente: Código Nacional de Policía y Convivencia (Ley 1801 de 2016), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué debo hacer si tengo un perro de manejo especial?

Debes registrarlo en el censo de caninos potencialmente peligrosos de tu municipio y pagar la tasa que se establezca. Además, asegúrate de cumplir con las condiciones que se definan para mantener el permiso.

¿Qué pasa si no registro a mi perro?

Si no registras a tu perro de manejo especial, podrías enfrentar sanciones o la suspensión del permiso para tenerlo. Es importante cumplir con las normativas locales para evitar problemas.

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