Código Nacional de Policía y Convivencia · Ley 1801 de 2016

Artículo 129 del Código Nacional de Policía

Control de caninos potencialmente peligrosos en zonas comunales

¿Qué dice el artículo 129?

El artículo establece que en conjuntos cerrados, urbanizaciones y edificios con propiedad horizontal se puede prohibir la permanencia de caninos considerados potencialmente peligrosos. Esta decisión debe ser solicitada por cualquier copropietario o residente y aprobada por tres cuartas partes de la asamblea o junta directiva. Se busca garantizar la seguridad y convivencia en estos espacios.

  • Se puede prohibir la presencia de caninos peligrosos.
  • La solicitud puede hacerla cualquier residente o copropietario.
  • Se requiere aprobación de tres cuartas partes de la asamblea.
  • Aplica en conjuntos cerrados y edificios de propiedad horizontal.
  • Se reemplaza la expresión 'perro potencialmente peligroso' por 'perro de manejo especial'.

Ejemplos

  • En un conjunto residencial, un vecino solicita que se prohíba un perro de raza considerada peligrosa que vive en el edificio.
  • En una reunión de copropietarios, se discute la permanencia de un perro que ha mostrado comportamientos agresivos hacia otros animales.
  • Si vives en un edificio y te preocupa la seguridad por un perro de manejo especial, este artículo te ayuda a entender cómo actuar.

Texto oficial del artículo 129

ARTÍCULO 129. Control de caninos potencialmente peligrosos en zonas comunales. En los conjuntos cerrados, urbanizaciones y edificios con régimen de propiedad horizontal, podrá prohibirse la permanencia de ejemplares caninos potencialmente peligrosos, a solicitud de cualquiera de los copropietarios o residentes y por decisión calificada de tres cuartas partes de las asambleas o de las juntas directivas de la copropiedad.

(Declarado EXEQUIBLE mediante Sentencia de la Corte Constitucional C-059 de 2018) NOTA: Ordena reemplazar en toda la legislación y normatividad nacional la expresión “perro potencialmente peligroso” o “raza(s) potencialmente peligrosas” por “perro de manejo especial” o “razas de manejo especial”.

Fuente: Código Nacional de Policía y Convivencia (Ley 1801 de 2016), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir que se prohíba un perro en mi edificio?

Sí, cualquier copropietario o residente puede solicitar la prohibición de un perro considerado potencialmente peligroso en el edificio. Sin embargo, esta solicitud debe ser aprobada por tres cuartas partes de la asamblea o junta directiva.

¿Qué se considera un perro potencialmente peligroso?

El artículo no define específicamente qué razas son consideradas potencialmente peligrosas, pero establece que se debe reemplazar esta expresión por 'perro de manejo especial'. Es importante consultar la normativa local para detalles específicos.

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