Código Nacional de Policía y Convivencia · Ley 1801 de 2016
Artículo 118 del Código Nacional de Policía
Caninos y felinos domésticos o mascotas en el espacio público
¿Qué dice el artículo 118?
El artículo establece que en el espacio público, los caninos deben ser sujetos con traílla y bozal en ciertos casos, mientras que los felinos deben ser transportados en maletines o con collares especiales. Esto aplica a todos los dueños de mascotas que circulen en vías públicas y transporte público donde se permita su presencia.
- Los caninos deben llevar traílla y bozal en ciertos casos.
- Los felinos deben ser transportados en maletines o con collares especiales.
- Aplica en espacios públicos y transporte público permitido.
- Se reemplaza la expresión 'perro potencialmente peligroso' por 'perro de manejo especial'.
Ejemplos
- Llevar a tu perro al parque con traílla y bozal si es de manejo especial.
- Transportar a tu gato en un maletín en el bus.
- Pasear a tu perro en la calle asegurándote de que cumpla con las normas.
Texto oficial del artículo 118
ARTÍCULO 118. Caninos y felinos domésticos o mascotas en el espacio público. En el espacio público, en las vías públicas, en los lugares abiertos al público, y en el transporte público en el que sea permitida su estancia, todos los ejemplares caninos deberán ser sujetos por su correspondiente traílla y con bozal debidamente ajustado en los casos señalados en la presente ley para los ejemplares caninos potencialmente peligrosos y los felinos en maletines o con collares especiales para su transporte.
( NOTA: articulo 7 de la ley 2054 de 2020 -Ordena reemplazar en toda la legislación y normatividad nacional la expresión “perro potencialmente peligroso” o “raza(s) potencialmente peligrosas” por “perro de manejo especial” o “razas de manejo especial”. )
Fuente: Código Nacional de Policía y Convivencia (Ley 1801 de 2016), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué debo hacer si tengo un perro de manejo especial?
Debes asegurarte de llevarlo siempre con traílla y bozal en espacios públicos y en el transporte público donde se permita su estancia. Esto es importante para garantizar la seguridad de todos.
¿Puedo llevar a mi gato en el transporte público?
Sí, puedes llevar a tu gato en el transporte público, pero debe estar en un maletín o con un collar especial para su transporte. Esto asegura su seguridad y la de los demás pasajeros.