Constitución Política de Colombia · Constitución de 1991

Artículo 86 de la Constitución Política de Colombia

¿Qué dice el artículo 86?

El artículo establece que toda persona puede interponer una acción de tutela para proteger sus derechos constitucionales fundamentales cuando estos sean vulnerados o amenazados por autoridades públicas. La tutela puede ser solicitada por la persona afectada o por alguien en su nombre, y debe resolverse en un plazo máximo de diez días. También se contempla su uso contra particulares en ciertas circunstancias.

  • La acción de tutela es un mecanismo de protección de derechos fundamentales.
  • Puede ser solicitada por la persona afectada o por un representante.
  • El fallo debe ser cumplido de inmediato y puede ser impugnado.
  • Procede solo si no hay otro medio de defensa judicial disponible.
  • La ley definirá casos específicos contra particulares.

Ejemplos

  • Si un ciudadano es despedido injustamente y no tiene otro recurso legal, puede solicitar una tutela.
  • Una persona que no recibe atención médica adecuada en un hospital público puede interponer una acción de tutela para exigir sus derechos.
  • Conocer este artículo es útil si sientes que tus derechos están siendo vulnerados y necesitas una solución rápida.

Texto oficial del artículo 86

Artículo 86. Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que éstos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública.

La protección consistirá en una orden para que aquél respecto de quien se solicita la tutela, actúe o se abstenga de hacerlo. El fallo, que será de inmediato cumplimiento, podrá impugnarse ante el juez competente y, en todo caso, éste lo remitirá a la Corte Constitucional para su eventual revisión.

Esta acción sólo procederá cuando el afectado no disponga de otro medio de defensa judicial, salvo que aquella se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable.

En ningún caso podrán transcurrir más de diez días entre la solicitud de tutela y su resolución.

La ley establecerá los casos en los que la acción de tutela procede Contra particulares encargados de la prestación de un servicio público o cuya conducta afecte grave y directamente el interés colectivo, o respecto de quienes el solicitante se halle en estado de subordinación o indefensión.

Fuente: Constitución Política de Colombia (Constitución de 1991), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para que resuelvan mi tutela?

El artículo establece que no pueden transcurrir más de diez días entre la solicitud de tutela y su resolución. Esto asegura que la protección de tus derechos sea rápida.

¿Puedo solicitar tutela contra un particular?

Sí, la acción de tutela puede proceder contra particulares en casos específicos, como cuando afectan gravemente el interés colectivo o si estás en estado de subordinación o indefensión.

¿Qué pasa si el fallo de la tutela no se cumple?

El fallo de la tutela debe ser de inmediato cumplimiento. Si no se cumple, puedes acudir al juez competente para hacer valer tu derecho y exigir que se ejecute la orden.

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