Constitución Política de Colombia · Constitución de 1991
Artículo 363 de la Constitución Política de Colombia
El sistema tributario se funda en los principios de equidad, eficiencia y progresividad
¿Qué dice el artículo 363?
El artículo 363 establece que el sistema tributario en Colombia se basa en los principios de equidad, eficiencia y progresividad. Esto significa que los impuestos deben ser justos, efectivos y que quienes más tienen, deben contribuir más. Además, se aclara que las leyes tributarias no pueden aplicarse de manera retroactiva, protegiendo así a los ciudadanos de cambios en las normas que afecten situaciones pasadas.
- El sistema tributario se basa en equidad.
- Se busca eficiencia en la recaudación de impuestos.
- La progresividad implica que los más ricos pagan más.
- Las leyes tributarias no tienen efecto retroactivo.
Ejemplos
- Si un ciudadano recibe un aumento de salario, su impuesto a la renta podría aumentar, pero no se le puede cobrar por ingresos anteriores.
- Una empresa que se crea hoy no puede ser gravada por leyes que se implementen en el futuro para el año pasado.
Texto oficial del artículo 363
Artículo 363. El sistema tributario se funda en los principios de equidad, eficiencia y progresividad.
Las leyes tributarias no se aplicarán con retroactividad.
Fuente: Constitución Política de Colombia (Constitución de 1991), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa que el sistema tributario sea progresivo?
Significa que las personas que tienen mayores ingresos deben pagar un porcentaje más alto de impuestos en comparación con aquellos que tienen ingresos más bajos. Esto busca que la carga tributaria sea más justa y equitativa.
¿Puedo ser afectado por una ley tributaria que se apruebe después de que ya pagué mis impuestos?
No, porque el artículo establece que las leyes tributarias no se aplican con retroactividad. Esto protege a los ciudadanos de ser gravados por normas que cambian después de que ya han cumplido con sus obligaciones fiscales.