Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950

Artículo 446 del Código Sustantivo del Trabajo

FORMA DE LA HUELGA

¿Qué dice el artículo 446?

El artículo establece que, una vez cumplidos los procedimientos previos de arreglo directo y conciliación, un sindicato o grupo de trabajadores no sindicalizados puede declarar una huelga. Esta huelga debe llevarse a cabo de manera ordenada y pacífica, garantizando el respeto y la convivencia durante su desarrollo.

  • Se requiere cumplir procedimientos previos antes de declarar una huelga.
  • La huelga debe ser declarada por un sindicato o grupo de trabajadores no sindicalizados.
  • Es obligatorio que la huelga se realice de forma ordenada.
  • La paz y el orden son fundamentales durante la huelga.

Ejemplos

  • Un grupo de trabajadores de una fábrica decide hacer huelga tras no llegar a un acuerdo en la negociación de salarios.
  • Los empleados de una empresa de servicios públicos organizan una huelga para exigir mejores condiciones laborales.

Texto oficial del artículo 446

ARTICULO 446. FORMA DE LA HUELGA. Cumplidos los procedimientos previos de arreglo directo y conciliación*, si el sindicato o grupo de trabajadores no sindicalizados declare la huelga, ésta debe efectuarse en forma ordenada y pacífica.

Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué debo hacer antes de declarar una huelga?

Antes de declarar una huelga, es necesario cumplir con los procedimientos de arreglo directo y conciliación. Esto implica intentar llegar a un acuerdo con el empleador para resolver los conflictos laborales antes de optar por la huelga.

¿Cómo debe ser la huelga?

La huelga debe llevarse a cabo de manera ordenada y pacífica. Esto significa que los trabajadores deben asegurarse de que sus acciones no generen desorden ni violencia, manteniendo el respeto por los demás.

Artículos relacionados (Capitulo iv. declaratoria y desarrollo de la huelga.)

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