Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950
Artículo 320 del Código Sustantivo del Trabajo
ENFERMOS NO HOSPITALIZADOS
¿Qué dice el artículo 320?
El artículo establece que los médicos de las empresas deben atender a los trabajadores que están enfermos pero no requieren hospitalización. Esta atención puede realizarse en consultorios externos, puestos de socorro o en el domicilio del trabajador enfermo, siguiendo la reglamentación que defina la dirección científica de la empresa, según las necesidades del servicio.
- Atención médica para trabajadores enfermos no hospitalizados.
- Los médicos de la empresa son responsables de esta atención.
- La atención puede ser en consultorios, puestos de socorro o en casa.
- La reglamentación es establecida por la dirección científica de la empresa.
- Se basa en las necesidades del servicio.
Ejemplos
- Un trabajador de una empresa petrolera que presenta síntomas de gripe puede recibir atención médica en su casa.
- Un empleado que sufre un accidente leve puede ser atendido en el puesto de socorro de la empresa.
- Conocer este artículo es útil para entender cómo se gestionan las enfermedades menores en el trabajo.
Texto oficial del artículo 320
ARTICULO 320. ENFERMOS NO HOSPITALIZADOS. Los médicos de las empresas atenderán a los trabajadores enfermos que no requieren hospitalización, en los consultorios externos, en los puestos de socorro o en el domicilio de los enfermos, de acuerdo con la reglamentación que establezca la dirección científica de la empresa, basada en las necesidades del servicio.
Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué debo hacer si me enfermo y no necesito hospitalización?
Si te enfermas y no requieres hospitalización, debes comunicarte con el médico de la empresa. Ellos están obligados a atenderte, ya sea en el consultorio, en el puesto de socorro o en tu domicilio, según lo que establezca la empresa.
¿Dónde puedo recibir atención médica si no estoy hospitalizado?
Puedes recibir atención médica en los consultorios externos de la empresa, en los puestos de socorro o en tu propia casa. La atención dependerá de lo que determine la dirección científica de la empresa.