Código Penal Colombiano · Ley 599 de 2000

Artículo 451 del Código Penal Colombiano

Circunstancias de atenuación

¿Qué dice el artículo 451?

El artículo establece que si una persona que ha fugado se presenta voluntariamente dentro de tres meses, su pena se reduce a la mitad. Esta disposición también aplica a quienes hayan participado en la fuga y faciliten la captura del evadido en el mismo plazo. Las sanciones disciplinarias no se ven afectadas por esta reducción.

  • La pena se reduce a la mitad si el evadido se presenta voluntariamente.
  • Aplica a copartícipes que faciliten la captura del fugado.
  • El plazo para beneficiarse de la reducción es de tres meses.
  • Las sanciones disciplinarias se mantienen sin cambios.
  • La norma busca incentivar la entrega voluntaria.

Ejemplos

  • Un preso que se escapa y decide regresar a la cárcel dentro de tres meses puede ver su pena reducida.
  • Un funcionario que ayuda a capturar a un fugado en el mismo plazo también puede beneficiarse de la reducción de pena.

Texto oficial del artículo 451

Artículo 451.Circunstancias de atenuación. Si dentro de los tres (3) meses siguientes a la fuga, el evadido se presentare voluntariamente, las penas previstas en el artículo 448 se disminuirán en la mitad, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias que deban imponérsele.

En la misma proporción se disminuirá la pena al copartícipe de la fuga o al servidor público que la hubiere facilitado que, dentro de los tres (3) meses siguientes a la evasión, facilite la captura del fugado o logre su presentación ante autoridad competente.

Fuente: Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si me escapo y me entrego después de tres meses?

Si te entregas después de tres meses, no podrás beneficiarte de la reducción de pena que establece el artículo. La reducción solo aplica si te presentas voluntariamente dentro del plazo de tres meses tras la fuga.

¿Las sanciones disciplinarias se reducen también?

No, las sanciones disciplinarias que se deban imponer por la fuga no se ven afectadas por la reducción de pena. Aunque se reduzca la pena principal, las sanciones disciplinarias se aplican de acuerdo a la normativa correspondiente.

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