Código Penal Colombiano · Ley 599 de 2000

Artículo 449 del Código Penal Colombiano

Favorecimiento de la fuga

¿Qué dice el artículo 449?

Este artículo establece que tanto servidores públicos como particulares encargados de la vigilancia, custodia o conducción de detenidos, capturados o condenados que faciliten su fuga incurren en penas de prisión. La pena se incrementa si la persona que se fuga está relacionada con delitos graves como homicidio, secuestro o narcotráfico.

  • Facilitar la fuga de un detenido es un delito.
  • Aplica a servidores públicos y particulares encargados de la custodia.
  • Las penas van de 80 a 144 meses de prisión.
  • La pena aumenta si el detenido está por delitos graves.
  • Incluye inhabilitación para ejercer funciones públicas.

Ejemplos

  • Un guardia de prisión que ayuda a un reo a escapar.
  • Un particular que oculta a un condenado para que no sea recapturado.
  • Conocer este artículo es útil para entender las consecuencias legales de facilitar la fuga de un detenido.

Texto oficial del artículo 449

Artículo 449.Favorecimiento de la fuga.El servidor público o el particular encargado de la vigilancia, custodia o conducción de un detenido, capturado o condenado que procure o facilite su fuga, incurrirá en prisión de ochenta (80) a ciento cuarenta y cuatro (144) meses, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas hasta por el mismo término.

La pena se aumentará hasta en una tercera parte cuando el detenido, capturado o condenado estuviere privado de su libertad por los delitos de genocidio, homicidio, desplazamiento forzado, tortura, desaparición forzada, secuestro, secuestro extorsivo, extorsión, terrorismo, concierto para delinquir, narcotráfico, enriquecimiento ilícito, lavado de activos, o cualquiera de las conductas contempladas en el Título II de este Libro.

Fuente: Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si un guardia ayuda a un preso a escapar?

Si un guardia ayuda a un preso a escapar, incurre en el delito de favorecimiento de la fuga, lo que conlleva penas de prisión de 80 a 144 meses, además de inhabilitación para ejercer funciones públicas.

¿La pena es mayor si el detenido tiene delitos graves?

Sí, la pena se aumenta hasta en una tercera parte si el detenido está privado de libertad por delitos graves como homicidio, secuestro o narcotráfico.

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