Código Penal Colombiano · Ley 599 de 2000

Artículo 344 del Código Penal Colombiano

Circunstancias de agravación punitiva

¿Qué dice el artículo 344?

El artículo establece circunstancias que agravan las penas para ciertos delitos, aumentando la gravedad de la sanción. Se aplica cuando se involucra a menores de edad, se asaltan instalaciones de la Fuerza Pública, se alteran certámenes democráticos, o cuando el autor es miembro de la Fuerza Pública. También se agrava si la conducta afecta a personas protegidas internacionalmente.

  • Las penas van de 192 a 360 meses de prisión.
  • Se agrava la pena si hay menores de edad involucrados.
  • Afectar instalaciones de la Fuerza Pública aumenta la sanción.
  • Alterar procesos democráticos es una circunstancia agravante.
  • La protección internacional de personas también agrava la pena.

Ejemplos

  • Un grupo que asalta una estación de policía y toma rehenes.
  • Un individuo que amenaza a un candidato durante una campaña electoral.
  • Un miembro de la Fuerza Pública que comete un delito en su función.

Texto oficial del artículo 344

Artículo 344.Circunstancias de agravación punitiva.Las penas señaladas en el inciso primero del artículo anterior, serán de ciento noventa y dos (192) a trescientos sesenta (360) meses de prisión y multa de seis mil seiscientos sesenta y seis punto sesenta y seis (6.6666.66) a cuarenta y cinco mil (45.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes, cuando:

1. Se hiciere copartícipe en la comisión del delito a menor de dieciocho (18) años;

2. Se asalten o se tomen instalaciones de la Fuerza Pública, de los cuerpos de seguridad del Estado, o sedes diplomáticas o consulares;

3. La conducta se ejecute para impedir o alterar el normal desarrollo de certámenes democráticos;

4. El autor o partícipe sea miembro de la Fuerza Pública o de organismo de seguridad del Estado;

5. Cuando la conducta recaiga sobre persona internacionalmente protegida diferente de las señaladas en el título II de este Libro, o agentes diplomáticos de conformidad con los Tratados y Convenios Internacionales ratificados por Colombia, o se afecten edificaciones de países amigos o se perturben las relaciones internacionales.

NOTA: Penas aumentadas por el artículo 14 de la ley 890 de 2004. (Vigencia desde el 1° de enero de 2005)

Fuente: Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué sucede si involucro a un menor en un delito?

Si participas en un delito y hay un menor de edad involucrado, las penas se agravan significativamente. Esto significa que podrías enfrentar una sanción más severa, que va de 192 a 360 meses de prisión, dependiendo de las circunstancias del caso.

¿Qué implica asaltar una instalación de la Fuerza Pública?

Asaltar o tomar control de una instalación de la Fuerza Pública es considerado un delito grave. Esto no solo aumenta la pena, sino que también puede incluir sanciones adicionales si hay violencia o se ponen en riesgo vidas. Las penas pueden llegar hasta 360 meses de prisión.

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