Código Penal Colombiano · Ley 599 de 2000

Artículo 330 A del Código Penal Colombiano

Promoción y financiación de la deforestación

¿Qué dice el artículo 330 A?

El artículo 330A del Código Penal Colombiano establece sanciones para quienes promuevan, financien o faciliten la deforestación de áreas de bosque natural de una hectárea o más. Las penas incluyen prisión y multas significativas. Se aplican a cualquier persona que obtenga beneficios de estas actividades, afectando así el medio ambiente y los recursos naturales del país.

  • Prohíbe la promoción y financiación de la deforestación.
  • Sanciona con prisión de 96 a 180 meses.
  • Las multas van de 300 a 50.000 salarios mínimos.
  • Aumenta la pena si se busca acaparar tierras o cultivos ilícitos.
  • Se agrava si se afectan más de 30 hectáreas.

Ejemplos

  • Una empresa que financia la tala de un bosque para construir una carretera.
  • Un agricultor que quema un área de bosque para expandir sus cultivos de uso ilícito.

Texto oficial del artículo 330 A

Artículo 330A. Promoción y financiación de la deforestación. El que promueva, financie, dirija, facilite, suministre medios, aproveche económicamente u obtenga cualquier otro beneficio de la tala, quema, corte, arranque o destrucción de áreas iguales o superiores a una hectárea continua o discontinua de bosque natural, incurrirá en prisión de noventa y seis (96) a ciento ochenta (180) meses y multa de trescientos (300) a cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

La pena se aumentará a la mitad cuando:

1. Cuando la conducta se realice para acaparamiento de tierras, para cultivos de uso ilícito, exploración y explotación ilícita de minerales o para mejora o construcción de infraestructura ilegal.

2. Cuando la conducta afecte más de 30 hectáreas contiguas de extensión o cuando en un periodo de hasta seis meses se acumule la misma superficie deforestada.

Fuente: Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si promuevo la deforestación?

Si promueves la deforestación de áreas de bosque natural de una hectárea o más, puedes enfrentar penas de prisión de 96 a 180 meses y multas que van de 300 a 50.000 salarios mínimos. Es importante conocer estas sanciones para evitar involucrarte en actividades ilegales que dañan el medio ambiente.

¿Qué se considera deforestación según este artículo?

La deforestación incluye la tala, quema, corte, arranque o destrucción de áreas de bosque natural. Si estas actividades afectan una hectárea o más, se considera una violación a la ley, lo que puede acarrear serias consecuencias legales.

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