Código Penal Colombiano · Ley 599 de 2000

Artículo 328 A del Código Penal Colombiano

Tráfico de fauna

¿Qué dice el artículo 328 A?

Este artículo establece sanciones para quienes trafiquen, adquieran, exporten o comercialicen fauna acuática, silvestre o especies exóticas sin el permiso correspondiente. Se aplica a cualquier persona que incumpla la normatividad relacionada con la fauna, protegiendo así la biodiversidad y los recursos naturales del país.

  • Prohíbe el tráfico de fauna sin permiso.
  • Establece penas de prisión de 60 a 135 meses.
  • Incluye multas de 300 a 40,000 salarios mínimos.
  • Aumenta la pena si se trafican aletas de peces cartilaginosos.
  • Protege la biodiversidad y recursos naturales.

Ejemplos

  • Una persona que intenta vender un loro sin los permisos necesarios.
  • Un comerciante que exporta aletas de tiburón sin cumplir la normatividad.
  • Un pescador que captura y vende especies exóticas sin autorización.

Texto oficial del artículo 328 A

Artículo 328A. Tráfico de fauna. El que trafique, adquiera, exporte o comercialice sin permiso de la autoridad competente o con incumplimiento de la normatividad existente los especímenes, productos o partes de la fauna acuática, silvestre o especies silvestres exóticas, incurrirá en prisión de sesenta (60) a ciento treinta y cinco (135) meses y multa de trescientos (300) hasta cuarenta mil (40.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

La pena se aumentará de una tercera parte a la mitad cuando la conducta se cometa a través de la exportación o comercialización de aletas de peces cartilaginosos (tiburones, rayas o quimeras).

Fuente: Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si compro un animal silvestre sin permiso?

Si compras un animal silvestre sin el permiso de la autoridad competente, puedes ser sancionado con prisión de 60 a 135 meses y multas que van desde 300 hasta 40,000 salarios mínimos. Es importante asegurarte de que cualquier compra de fauna esté legalmente autorizada.

¿Qué tipo de fauna está protegida por este artículo?

Este artículo protege la fauna acuática, silvestre y las especies silvestres exóticas. Cualquier actividad relacionada con su tráfico, adquisición, exportación o comercialización debe contar con los permisos adecuados para evitar sanciones.

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