Código Penal Colombiano · Ley 599 de 2000

Artículo 241 del Código Penal Colombiano

Circunstancias de agravación punitiva

¿Qué dice el artículo 241?

El artículo 241 del Código Penal Colombiano establece circunstancias que agravan la pena por el delito de hurto. Estas circunstancias se aplican cuando el hurto se comete en situaciones específicas, como aprovechando la confianza de la víctima o en lugares públicos. La pena se incrementa entre una sexta parte y la mitad según la gravedad de la circunstancia.

  • Aumenta la pena en casos específicos de hurto.
  • Se aplica en situaciones de confianza o calamidad.
  • Incluye hurtos en lugares públicos y sobre bienes culturales.
  • Considera el uso de disfraces o simulaciones.
  • Abarca hurtos de materiales nucleares y derivados del petróleo.

Ejemplos

  • Un ladrón que se hace pasar por un funcionario para robar en un hotel.
  • Robar en un bus lleno de pasajeros aprovechando la aglomeración.
  • Sustraer productos agrícolas de un campo desprotegido.

Texto oficial del artículo 241

Artículo 241.Circunstancias de agravación punitiva. La pena imponible de acuerdo con los artículos anteriores se aumentará de una sexta parte a la mitad si la conducta se cometiere:

1. Aprovechando calamidad, infortunio o peligro común.

2. Aprovechando la confianza depositada por el dueño, poseedor o tenedor de la cosa en el agente.

3. Valiéndose de la actividad de inimputable.

4. Por persona disfrazada, o aduciendo calidad supuesta, o simulando autoridad o invocando falsa orden de la misma.

5. Sobre equipaje de viajeros en el transcurso del viaje o en hoteles, aeropuertos, muelles, terminales de transporte terrestre u otros lugares similares.

6. Numeral derogado.

7. Sobre objeto expuesto a la confianza pública por necesidad, costumbre o destinación.

8. Sobre cerca de predio rural, sementera, productos separados del suelo, máquina o instrumento de trabajo dejado en el campo.

9. En lugar despoblado o solitario.

10. Con destreza, o arrebatando cosas u objetos que las personas lleven consigo; o por dos o más personas que se hubieren reunido o acordado para cometer el hurto.

11. En establecimiento público o abierto al público, o en medio de transporte público.

12. Sobre efectos y armas destinados a la seguridad y defensa nacionales.

13. Sobre los bienes que conforman el patrimonio cultural de la Nación.

14. Sobre petróleo o sus derivados cuando se sustraigan de un oleoducto, gasoducto, poliducto o fuentes inmediatas de abastecimiento.

15. Sobre materiales nucleares o elementos radiactivos.

Fuente: Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si me roban en un lugar público?

Si te roban en un lugar público, como un bus o un restaurante, la pena para el ladrón puede aumentar debido a la circunstancia de agravación que establece el artículo 241. Esto significa que el juez podría imponer una pena más severa al delincuente.

¿Cómo afecta la confianza en el hurto?

Si el hurto se comete aprovechando la confianza que depositó la víctima en el ladrón, esto se considera una circunstancia de agravación. Por ejemplo, si alguien roba a un amigo o familiar, la pena podría ser mayor debido a esta confianza traicionada.

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