Código Penal Colombiano · Ley 599 de 2000

Artículo 201 del Código Penal Colombiano

Violación a la libertad religiosa

¿Qué dice el artículo 201?

Este artículo establece que cualquier persona que use la violencia para obligar a otra a participar en un acto religioso o que impida su participación en ceremonias religiosas, comete un delito. La norma protege la libertad de culto y garantiza el respeto por las creencias religiosas de los demás.

  • Prohíbe el uso de violencia en actos religiosos.
  • Protege la libertad de culto de las personas.
  • Establece penas de prisión de 16 a 36 meses.
  • Aplica a cualquier persona que infrinja esta libertad.
  • Refuerza el respeto por las creencias religiosas.

Ejemplos

  • Un grupo de personas que obliga a alguien a asistir a una misa en contra de su voluntad.
  • Una persona que impide que otra participe en una ceremonia de su fe, usando amenazas o violencia.

Texto oficial del artículo 201

Artículo 201.Violación a la libertad religiosa. El que por medio de violencia obligue a otro a cumplir acto religioso, o le impida participar en ceremonia de la misma índole, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a treinta y seis (36) meses.

NOTA: Penas aumentadas por el artículo 14 de la ley 890 de 2004. (Vigencia desde el 1° de enero de 2005)

Fuente: Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué sucede si alguien me obliga a asistir a un acto religioso?

Si alguien te obliga a participar en un acto religioso mediante violencia, esa persona está cometiendo un delito según el artículo 201 del Código Penal. Puedes denunciar esta situación, ya que la ley protege tu libertad religiosa.

¿Qué tipo de sanciones hay para quien impida mi participación en ceremonias religiosas?

La persona que impida tu participación en ceremonias religiosas usando violencia puede enfrentar una pena de prisión que va de 16 a 36 meses. Esto busca proteger tu derecho a la libertad religiosa.

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