Código Penal Colombiano · Ley 599 de 2000
Artículo 195 del Código Penal Colombiano
Según el texto oficial, este artículo está derogado.
¿Qué dice el artículo 195?
El artículo 195 del Código Penal Colombiano ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez legal. Esto implica que las conductas que anteriormente estaban reguladas por este artículo ya no son sancionadas bajo esta norma. La derogación afecta a todos los ciudadanos, ya que elimina la posibilidad de ser juzgados por las disposiciones que contenía.
- El artículo 195 ha sido derogado.
- No tiene validez legal en la actualidad.
- Las conductas que regulaba ya no son sancionadas.
- Afecta a todos los ciudadanos.
- Elimina la posibilidad de juicio bajo esta norma.
Ejemplos
- Un ciudadano ya no puede ser juzgado por las conductas que estaban en el artículo 195.
- Las situaciones que antes podían ser sancionadas bajo este artículo ya no tienen consecuencias legales.
Texto oficial del artículo 195
Artículo 195. Derogado
Fuente: Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa que un artículo esté derogado?
Que el artículo ya no tiene validez legal y no se puede aplicar. Esto implica que las conductas que regulaba ya no son sancionadas, y los ciudadanos no pueden ser juzgados por ellas.
¿A quién afecta la derogación del artículo 195?
Afecta a todos los ciudadanos, ya que elimina la posibilidad de ser sancionados por las conductas que estaban reguladas en este artículo. Nadie puede ser juzgado bajo esta norma.