Reforma Laboral · Ley 2466 de 2025

Artículo 60 de la Ley 2466 de 2025 (Reforma Laboral)

Representación paritaria y/o proporcional en las organizaciones

¿Qué dice el artículo 60?

El artículo 60 establece que las organizaciones sindicales y de empleadores deben promover la participación e inclusión de mujeres, jóvenes, personas con diversidad sexual, población étnica y personas con discapacidad en condiciones de igualdad. El objetivo es lograr una representación paritaria y/o proporcional en relación con la integración del sector, fomentando la igualdad de oportunidades en estos grupos.

  • Promueve igualdad de género en sindicatos y empleadores.
  • Fomenta inclusión de jóvenes y diversidad sexual.
  • Busca representación proporcional en el sector.
  • Incluye a población étnica y personas con discapacidad.
  • Aplica a organizaciones sindicales y de empleadores.

Ejemplos

  • Un sindicato de trabajadores debe incluir mujeres en su junta directiva.
  • Una empresa debe asegurar que jóvenes y personas con diversidad sexual tengan oportunidades de liderazgo.
  • Una organización de empleadores promueve la inclusión de personas con discapacidad en sus comités.

Texto oficial del artículo 60

Artículo 60. Representación paritaria y/o proporcional en las organizaciones. Las organizaciones sindicales y de empleadores promoverán la participación e inclusión, en condiciones de igualdad, de las mujeres a fin de lograr progresivamente su representación paritaria y/o proporcional a la integración del sector.

Así mismo, promoverán la participación e inclusión en condiciones de igualdad de las y los jóvenes, personas con diversidad sexual, población étnica y personas con discapacidad.

Fuente: Reforma Laboral (Ley 2466 de 2025), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué significa representación paritaria en una organización?

Significa que las mujeres deben tener una participación igualitaria en las organizaciones, buscando que su representación sea proporcional a su presencia en el sector.

¿A quiénes beneficia esta norma de inclusión?

Beneficia a mujeres, jóvenes, personas con diversidad sexual, población étnica y personas con discapacidad, promoviendo su inclusión y participación en igualdad de condiciones.

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