Constitución Política de Colombia · Constitución de 1991

Artículo 62 de la Constitución Política de Colombia

¿Qué dice el artículo 62?

El artículo establece que las donaciones realizadas para fines de interés social no pueden ser modificadas por el legislador, a menos que el objeto de la donación desaparezca. En tal caso, la ley destinará el patrimonio a un fin similar. Además, el Gobierno tiene la responsabilidad de fiscalizar el manejo y la inversión de estas donaciones.

  • Las donaciones para interés social son inalterables.
  • Solo se pueden modificar si el objeto de la donación desaparece.
  • La ley asignará el patrimonio a un fin similar en caso de modificación.
  • El Gobierno fiscaliza el manejo de las donaciones.

Ejemplos

  • Una fundación recibe una donación para construir un centro comunitario, y el legislador no puede cambiar su destino.
  • Si el centro comunitario se cierra, el patrimonio donado se puede redirigir a otra causa social similar.
  • Conocer este artículo es útil si deseas hacer una donación y quieres asegurarte de que su destino no cambie.

Texto oficial del artículo 62

Artículo 62. El destino de las donaciones intervivos o testamentarias, hechas conforme a la ley para fines de interés social, no podrá ser variado ni modificado por el legislador, a menos que el objeto de la donación desaparezca. En este caso, la ley asignará el patrimonio respectivo a un fin similar.

El Gobierno fiscalizará el manejo y la inversión de tales donaciones.

Fuente: Constitución Política de Colombia (Constitución de 1991), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Puedo cambiar el destino de una donación que hice?

No, el destino de las donaciones para fines de interés social no puede ser cambiado por el legislador, a menos que el objeto de la donación desaparezca. En ese caso, la ley asignará el patrimonio a un fin similar.

¿Quién controla el uso de las donaciones?

El Gobierno es el encargado de fiscalizar el manejo y la inversión de las donaciones realizadas para fines de interés social, asegurando que se utilicen adecuadamente.

Artículos relacionados (Capitulo 2 de los derechos sociales, economicos y culturales)

Pregúntale a Chat Colombia

¿Tienes una duda sobre tu caso? Escríbela con tus palabras en la app y te respondemos con el artículo y la fuente oficial.

Información general basada en el texto oficial de la norma. No reemplaza la asesoría de un abogado. Chat Colombia es una aplicación independiente y no está afiliada a ninguna entidad del Gobierno de Colombia. Actualizado el 2026-11-02.