Constitución Política de Colombia · Constitución de 1991

Artículo 49 de la Constitución Política de Colombia

La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado

¿Qué dice el artículo 49?

El artículo establece que la atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos que el Estado debe garantizar a todas las personas. El Estado tiene la responsabilidad de organizar y reglamentar estos servicios, asegurando su eficiencia, universalidad y solidaridad. Además, se establece que la atención básica será gratuita y obligatoria para todos los habitantes.

  • La salud y el saneamiento son servicios públicos a cargo del Estado.
  • Se garantiza el acceso a servicios de salud para todos.
  • El Estado debe organizar y reglamentar la prestación de estos servicios.
  • La atención básica será gratuita y obligatoria.
  • Toda persona debe cuidar su salud y la de su comunidad.

Ejemplos

  • Cuando una persona necesita atención médica en un hospital público.
  • Al acceder a programas de vacunación ofrecidos por el Estado.
  • Cuando se realizan campañas de limpieza y saneamiento en la comunidad.

Texto oficial del artículo 49

Artículo 49. La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.

Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. También, establecer las políticas para la prestación de servicios de salud por entidades privadas, y ejercer su vigilancia y control.

Así mismo, establecer las competencias de la Nación, las entidades territoriales y los particulares y determinar los aportes a su cargo en los términos y condiciones señalados en la ley.

Los servicios de salud se organizarán en forma descentralizada, por niveles de atención y con participación de la comunidad.

La ley señalará los términos en los cuales la atención básica para todos los habitantes será gratuita y obligatoria.

Toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y la de su comunidad.

Fuente: Constitución Política de Colombia (Constitución de 1991), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué servicios de salud me garantiza el Estado?

El Estado garantiza el acceso a servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. Esto significa que tienes derecho a recibir atención médica y programas de salud que te ayuden a mantener y mejorar tu bienestar.

¿La atención básica es realmente gratuita?

Sí, el artículo establece que la atención básica para todos los habitantes será gratuita y obligatoria. Esto implica que no deberías pagar por servicios esenciales de salud que el Estado debe ofrecer.

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