Constitución Política de Colombia · Constitución de 1991
Artículo 380 de la Constitución Política de Colombia
Queda derogada la Constitución hasta ahora vigente con todas sus reformas
Según el texto oficial, este artículo está derogado.
¿Qué dice el artículo 380?
El artículo establece que la Constitución anterior queda derogada junto con todas sus reformas. La nueva Constitución entra en vigor desde el día de su promulgación, lo que implica que todas las normas y disposiciones de la Constitución anterior ya no son aplicables. Este artículo aplica a todos los ciudadanos y entidades en Colombia, ya que marca un cambio fundamental en el marco legal del país.
- La Constitución anterior queda derogada.
- Todas las reformas previas también se anulan.
- La nueva Constitución rige desde su promulgación.
Ejemplos
- Cuando se implementan nuevas leyes basadas en la nueva Constitución.
- Al momento de interpretar derechos fundamentales en el contexto actual.
Texto oficial del artículo 380
Artículo 380. Queda derogada la Constitución hasta ahora vigente con todas sus reformas. Esta Constitución rige a partir del día de su promulgación.
Fuente: Constitución Política de Colombia (Constitución de 1991), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa que la Constitución anterior esté derogada?
Significa que todas las normas y disposiciones de la Constitución anterior ya no tienen validez. Esto implica que cualquier ley o derecho que se basara en la Constitución derogada ya no se aplica, y se deben seguir las nuevas disposiciones establecidas en la actual Constitución.
¿Desde cuándo rige la nueva Constitución?
La nueva Constitución rige a partir del día de su promulgación. Esto significa que desde ese momento, todas las normas y derechos establecidos en ella son los que deben seguirse en Colombia.