Constitución Política de Colombia · Constitución de 1991
Artículo 10 de la Constitución Política de Colombia
El castellano es el idioma oficial de Colombia
¿Qué dice el artículo 10?
El artículo establece que el castellano es el idioma oficial de Colombia. Además, reconoce que las lenguas y dialectos de los grupos étnicos son oficiales en sus territorios. En las comunidades con tradiciones lingüísticas propias, la enseñanza debe ser bilingüe, garantizando así el respeto y la promoción de la diversidad cultural y lingüística del país.
- El castellano es el idioma oficial.
- Las lenguas étnicas son oficiales en sus territorios.
- La enseñanza en comunidades lingüísticas debe ser bilingüe.
Ejemplos
- En una escuela de una comunidad indígena, se enseña en su lengua nativa y en castellano.
- En un municipio con población afrodescendiente, se utilizan dialectos locales en la administración pública.
Texto oficial del artículo 10
Artículo 10. El castellano es el idioma oficial de Colombia. Las lenguas y dialectos de los grupos étnicos son también oficiales en sus territorios. La enseñanza que se imparta en las comunidades con tradiciones lingüísticas propias será bilingüe.
Fuente: Constitución Política de Colombia (Constitución de 1991), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Por qué es importante el bilingüismo en comunidades étnicas?
El bilingüismo en comunidades étnicas es fundamental para preservar su cultura y tradiciones. Permite que los miembros de estas comunidades se eduquen en su lengua nativa, lo que fortalece su identidad y les ayuda a mantener vivas sus costumbres.
¿Qué lenguas son oficiales en Colombia?
El castellano es el idioma oficial de Colombia, pero también las lenguas y dialectos de los grupos étnicos son oficiales en sus territorios. Esto asegura que la diversidad lingüística sea reconocida y respetada en el país.