Constitución Política de Colombia · Constitución de 1991

Artículo 5 de la Constitución Política de Colombia

¿Qué dice el artículo 5?

El artículo establece que el Estado colombiano reconoce la primacía de los derechos inalienables de las personas, lo que significa que estos derechos no pueden ser vendidos ni transferidos. Además, el Estado protege a la familia como la institución fundamental de la sociedad, garantizando su bienestar y estabilidad. Esto aplica a todos los ciudadanos y resalta la importancia de la dignidad humana y la familia en el marco legal colombiano.

  • El Estado reconoce los derechos inalienables de la persona.
  • No hay discriminación en el reconocimiento de estos derechos.
  • La familia es considerada la institución básica de la sociedad.
  • El Estado tiene la responsabilidad de amparar a la familia.
  • Se prioriza la dignidad humana en la legislación.

Ejemplos

  • Un ciudadano que busca protección de sus derechos fundamentales ante una situación de abuso.
  • Una pareja que necesita apoyo del Estado para garantizar su bienestar familiar.
  • Un grupo comunitario que defiende los derechos de las familias en su barrio.

Texto oficial del artículo 5

Artículo 5. El Estado reconoce, sin discriminación alguna, la primacía de los derechos inalienables de la persona y ampara a la familia como institución básica de la sociedad.

Fuente: Constitución Política de Colombia (Constitución de 1991), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué son los derechos inalienables?

Los derechos inalienables son aquellos que no pueden ser vendidos, transferidos o renunciados. Son inherentes a cada persona y deben ser respetados y protegidos por el Estado, garantizando así la dignidad y libertad de todos los ciudadanos.

¿Cómo protege el Estado a la familia?

El Estado protege a la familia como una institución fundamental, asegurando su bienestar y estabilidad. Esto incluye la promoción de políticas y programas que apoyen a las familias en su desarrollo y en la defensa de sus derechos.

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