Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950
Artículo 363 del Código Sustantivo del Trabajo
NOTIFICACION
¿Qué dice el artículo 363?
El artículo establece que, tras la constitución de un sindicato de trabajadores, este debe notificar por escrito al empleador y al inspector del trabajo, o al alcalde si no hay inspector. La notificación debe incluir los nombres e identificación de los fundadores. Esta norma aplica a los sindicatos y sus procesos de constitución.
- El sindicato debe notificar su constitución.
- La notificación es por escrito.
- Se informa al empleador y al inspector del trabajo o alcalde.
- Se deben incluir los nombres e identificación de los fundadores.
Ejemplos
- Un grupo de trabajadores forma un sindicato y debe informar a su empleador sobre su constitución.
- Si no hay un inspector del trabajo en la localidad, el sindicato debe notificar al alcalde.
- Conocer este artículo es útil para entender cómo formalizar un sindicato y los pasos a seguir.
Texto oficial del artículo 363
ARTICULO 363. NOTIFICACION. Una vez realizada la asamblea de constitución, el sindicato de trabajadores comunicará por escrito al respectivo empleador y al inspector del trabajo, y en su defecto, al alcalde del lugar, la constitución del sindicato, con la declaración de los nombres e identificación de cada uno de los fundadores. El inspector o alcalde a su vez, pasarán igual comunicación al empleador inmediatamente.
(Modificado por el Art. 43 de la Ley 50 de 1990)
Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué debo hacer si formo un sindicato?
Debes realizar una asamblea de constitución y luego notificar por escrito al empleador y al inspector del trabajo. Si no hay inspector, la notificación debe hacerse al alcalde del lugar, incluyendo los nombres e identificación de los fundadores.
¿Qué pasa si no notifico la constitución del sindicato?
El artículo no menciona sanciones específicas, pero es importante cumplir con la notificación para que el sindicato sea reconocido formalmente y pueda ejercer sus derechos.