Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950
Artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo
DE LA PRIMA DE SERVICIOS A FAVOR DE TODO EMPLEADO
¿Qué dice el artículo 306?
El artículo establece que los empleadores deben pagar a sus empleados una prima de servicios equivalente a 30 días de salario por año. Esta prima se paga en dos partes: la mitad antes del 30 de junio y la otra mitad en diciembre. Se reconoce proporcionalmente al tiempo trabajado y aplica a todos los empleados, incluyendo trabajadores del servicio doméstico y otros tipos de empleados dependientes.
- Los empleadores deben pagar una prima de servicios.
- La prima equivale a 30 días de salario por año.
- Se paga en dos partes: junio y diciembre.
- Aplica a todos los empleados, incluidos los del servicio doméstico.
- Se reconoce proporcionalmente al tiempo trabajado.
Ejemplos
- Un empleado que trabaja todo el año recibe la prima completa en dos pagos.
- Un trabajador que solo laboró seis meses recibirá la mitad de la prima.
- Un empleado del servicio doméstico también tiene derecho a esta prima.
Texto oficial del artículo 306
ARTÍCULO 306. DE LA PRIMA DE SERVICIOS A FAVOR DE TODO EMPLEADO. El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.
(Modificado por el Art. 1 de la Ley 1788 de 2016)
PARÁGRAFO. Se incluye en esta prestación económica a los trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores de fincas y en general, a los trabajadores contemplados en el Título III del presente código o quienes cumplan con las condiciones de empleado dependiente.
Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se paga la prima de servicios?
La prima de servicios se paga en dos partes: la mitad debe ser entregada a más tardar el 30 de junio y la otra mitad a más tardar en los primeros veinte días de diciembre.
¿A quiénes se les aplica la prima de servicios?
La prima de servicios aplica a todos los empleados, incluyendo trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar y trabajadores por días, siempre que cumplan con las condiciones de empleado dependiente.