Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950

Artículo 147 del Código Sustantivo del Trabajo

PROCEDIMIENTO DE FIJACION

¿Qué dice el artículo 147?

El artículo establece que el salario mínimo puede fijarse a través de pactos, convenciones colectivas o fallos arbitrales. El Consejo Nacional Laboral tiene la responsabilidad de fijar salarios mínimos generales o específicos por región o actividad. Si no hay consenso, el Gobierno puede establecer salarios mediante decretos. También se menciona que el salario mínimo se ajusta para quienes laboran menos horas que las máximas legales.

  • El salario mínimo se puede fijar por acuerdo o fallo.
  • El Consejo Nacional Laboral fija salarios por consenso.
  • Si no hay consenso, el Gobierno puede intervenir.
  • El salario mínimo se ajusta según las horas trabajadas.
  • Existen jornadas especiales que tienen reglas específicas.

Ejemplos

  • Un trabajador que labora medio tiempo y recibe salario mínimo, su pago se ajusta a las horas trabajadas.
  • En una región donde no hay acuerdo sobre el salario mínimo, el Gobierno puede establecerlo mediante un decreto.
  • Un grupo de trabajadores que negocia un salario mínimo a través de una convención colectiva.

Texto oficial del artículo 147

ARTICULO 147. PROCEDIMIENTO DE FIJACION.

El salario mínimo puede fijarse en pacto o convención colectiva o en fallo arbitral.

El Consejo Nacional Laboral, por consenso fijará salarios mínimos de carácter general o para cualquier región o actividad profesional, industrial, comercial, ganadera, agrícola o forestal de una región determinada. En caso de que no haya consenso en el Consejo Nacional Laboral, el Gobierno, por medio de decretos que regirán por el término que en ellos se indique, puede fijar dichos salarios.

(Numeral 2 subrogado por el Art. 8 de la Ley 278 de 1996)

Para quienes laboren jornadas inferiores a las máximas legales y devenguen el salario mínimo legal o convencional, éste regirá en proporción al número de horas efectivamente trabajadas, con excepción de la jornada especial de treinta seis horas previstas en el artículo siguiente.

(Modificado por el Art. 19 de la Ley 50 de 1990)

Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se determina el salario mínimo en mi región?

El salario mínimo en tu región se determina por el Consejo Nacional Laboral, que busca consenso entre sus miembros. Si no logran un acuerdo, el Gobierno puede fijar el salario mediante un decreto. Es importante estar atento a estas decisiones, ya que afectan directamente tu remuneración.

¿Qué pasa si trabajo menos horas que las máximas legales?

Si trabajas menos horas que las máximas legales y recibes salario mínimo, tu pago se ajustará en proporción a las horas que efectivamente trabajaste. Esto significa que no recibirás el salario mínimo completo, sino una parte proporcional.

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