Código Penal Colombiano · Ley 599 de 2000
Artículo 325 A del Código Penal Colombiano
Omisión de Reportes Sobre Transacciones en efectivo, Movilización o Almacenamiento de Dinero en Efectivo
¿Qué dice el artículo 325 A?
El artículo establece que las personas bajo control de la UIAF que omitan deliberadamente reportar transacciones en efectivo, movilización o almacenamiento de dinero en efectivo, enfrentarán penas de prisión y multas. Se excluyen de esta norma a miembros de juntas directivas, representantes legales, administradores o empleados de instituciones financieras o cooperativas de ahorro y crédito, quienes se rigen por otro artículo.
- La omisión de reportes a la UIAF es un delito.
- Las penas incluyen prisión y multas significativas.
- Se exceptúan ciertos funcionarios de instituciones financieras.
- La UIAF supervisa las transacciones en efectivo.
- La norma busca prevenir el lavado de activos.
Ejemplos
- Un comerciante que no reporta grandes transacciones en efectivo a la UIAF.
- Un empleado de una cooperativa que no informa sobre el almacenamiento de dinero en efectivo.
- Conocer este artículo es útil para entender las obligaciones de reporte en el manejo de dinero.
Texto oficial del artículo 325 A
Articulo 325A.Omisión de Reportes Sobre Transacciones en efectivo, Movilización o Almacenamiento de Dinero en Efectivo.Aquellos sujetos sometidos a control de laUnidad de Información y Análisis Financiero (UIAF)que deliberadamente omitan el cumplimiento de los reportes aesta entidadpara las transacciones en efectivo o para la movilización o para el almacenamiento de dinero en efectivo, incurrirán, por esa sola conducta, en prisión de treinta y ocho (38) a ciento veintiocho (128) meses y multa de ciento treinta y tres punto treinta y tres (133.33) a quince mil (15.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Se exceptúan de lo dispuesto en el presente artículo quienes tengan el carácterde miembro de junta directiva,representante legal, administrador o empleado de instituciones financieras o de cooperativas que ejerzan actividades de ahorro y crédito, a quienes se aplicará lo dispuesto en el artículo 325 del presente Capítulo
Fuente: Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si no reporto una transacción en efectivo?
Si deliberadamente omites reportar una transacción en efectivo a la UIAF, puedes enfrentar penas de prisión de 38 a 128 meses y multas que van desde 133.33 hasta 15.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Es importante cumplir con esta obligación para evitar sanciones.
¿Quiénes están exentos de esta norma?
Están exentos de esta norma los miembros de juntas directivas, representantes legales, administradores o empleados de instituciones financieras o cooperativas que realicen actividades de ahorro y crédito. Ellos se rigen por lo dispuesto en otro artículo del mismo capítulo.