Código Penal Colombiano · Ley 599 de 2000
Artículo 270 del Código Penal Colombiano
Violación a los derechos morales de autor
¿Qué dice el artículo 270?
Este artículo establece las sanciones para quienes violen los derechos morales de autor. Se aplica a personas que publiquen obras sin autorización, inscriban obras con datos falsos o alteren obras sin permiso. Las penas incluyen prisión y multas, buscando proteger la integridad de las obras y los derechos de sus creadores.
- Prohíbe la publicación sin autorización de obras.
- Sanciona la inscripción falsa de autoría.
- Castiga la alteración de obras sin permiso.
- Las penas incluyen prisión y multas.
- Protege los derechos morales de los autores.
Ejemplos
- Un autor que publica su novela sin el consentimiento del creador original.
- Una persona que registra una canción con el nombre de un artista diferente.
- Un editor que modifica un libro sin la aprobación del autor.
Texto oficial del artículo 270
Artículo 270. Violación a los derechos morales de autor. Incurrirá en prisión de treinta y dos (32) a noventa (90) meses y multa de veinte seis punto sesenta y seis (26.66) a trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes quien:
1. Publique, total o parcialmente, sin autorización previa y expresa del titular del derecho, una obra inédita de carácter literario, artístico, científico, cinematográfico, audiovisual o fonograma, programa de ordenador o soporte lógico.
2. Inscriba en el registro de autor con nombre de persona distinta del autor verdadero, o con título cambiado o suprimido, o con el texto alterado, deformado, modificado o mutilado, o mencionando falsamente el nombre del editor o productor de una obra de carácter literario, artístico, científico, audiovisual o fonograma, programa de ordenador o soporte lógico.
3. Por cualquier medio o procedimiento compendie, mutile o transforme, sin autorización previa o expresa de su titular, una obra de carácter literario, artístico, científico, audiovisual o fonograma, programa de ordenador o soporte lógico.
Parágrafo. Si en el soporte material, carátula o presentación de una obra de carácter literario, artístico, científico, fonograma, videograma, programa de ordenador o soporte lógico, u obra cinematográfica seemplea el nombre, razón social, logotipo o distintivo del titular legítimo del derecho, en los casos de cambio, supresión, alteración, modificación o mutilación del título o del texto de la obra, las penas anteriores se aumentarán hasta en la mitad.
NOTA: penas aumentadas por el artículo 14 de la ley 890 de 2004 (vigencia a partir del 1° de enero de 2005)
Fuente: Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si publico un libro sin permiso del autor?
Si publicas un libro sin la autorización del autor, puedes enfrentar penas de prisión de 32 a 90 meses y multas que van de 26.66 a 300 salarios mínimos. Es importante siempre obtener el permiso del autor para evitar sanciones.
¿Qué significa alterar una obra?
Alterar una obra implica modificar, mutilar o transformar su contenido sin el consentimiento del titular de los derechos. Esto incluye cambios en el texto, título o presentación, y puede llevar a sanciones severas.