Código Penal Colombiano · Ley 599 de 2000
Artículo 234 del Código Penal Colombiano
Circunstancias de agravación punitiva
¿Qué dice el artículo 234?
Este artículo establece que la pena por no cumplir con la obligación alimentaria se puede aumentar hasta en una tercera parte si la persona obligada oculta, disminuye o grava fraudulentamente su renta o patrimonio para evadir dicha obligación. Aplica a quienes tienen la responsabilidad de proporcionar alimentos y buscan eludirla de manera engañosa.
- Aumento de pena por evasión alimentaria.
- Se aplica a quienes ocultan su patrimonio.
- La intención fraudulenta es clave para la agravación.
- Protege los derechos de los beneficiarios de la alimentación.
- Busca evitar el incumplimiento de obligaciones alimentarias.
Ejemplos
- Una persona que oculta ingresos para no pagar la cuota alimentaria a su hijo.
- Alguien que disminuye el valor de sus bienes para evitar cumplir con sus obligaciones alimentarias.
Texto oficial del artículo 234
Artículo 234.Circunstancias de agravación punitiva. La pena señalada en el artículo anterior se aumentará hasta en una tercera parte si el obligado, con el propósito de sustraerse a la prestación alimentaria, fraudulentamente oculta, disminuye o grava su renta o patrimonio.
Fuente: Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si no puedo pagar la cuota alimentaria?
Si no puedes pagar, es importante que busques una solución legal, como solicitar una modificación de la obligación. Sin embargo, si intentas ocultar tus ingresos o patrimonio para evadir el pago, podrías enfrentar un aumento en la pena por esta conducta fraudulenta.
¿Cómo se determina la pena en estos casos?
La pena se determina según lo establecido en el artículo anterior del Código Penal, y puede aumentar hasta en una tercera parte si se comprueba que hubo ocultamiento o disminución fraudulenta de la renta o patrimonio por parte del obligado.