Código Penal Colombiano · Ley 599 de 2000
Artículo 191 del Código Penal Colombiano
Violación en lugar de trabajo
¿Qué dice el artículo 191?
El artículo 191 del Código Penal Colombiano establece que las conductas delictivas descritas en el capítulo, cuando ocurren en un lugar de trabajo, tienen una pena reducida hasta la mitad. Sin embargo, esta pena no puede ser inferior a una unidad de multa. Aplica a situaciones donde se vulnera la inviolabilidad en el entorno laboral.
- Las penas se reducen a la mitad en lugares de trabajo.
- No se puede imponer una pena inferior a una unidad de multa.
- Aplica a conductas delictivas en el ámbito laboral.
Ejemplos
- Un empleado que sufre acoso sexual por parte de su jefe en la oficina.
- Un trabajador que es víctima de amenazas en su lugar de trabajo.
Texto oficial del artículo 191
Artículo 191.Violación en lugar de trabajo. Cuando las conductas descritas en este capítulo se realizaren en un lugar de trabajo, las respectivas penas se disminuirá hasta enla mitad, sin que puedan ser inferior a una unidad multa.
CAPITULO SEPTIMO DE LA VIOLACIÓN A LA INTIMIDAD, RESERVA E INTERCEPTACIÓN DE COMUNICACIONES
Fuente: Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué sucede si sufro acoso en mi trabajo?
Si sufres acoso en tu lugar de trabajo, puedes denunciarlo. Según el artículo 191, las penas por este tipo de conductas se reducen, pero no pueden ser menores a una unidad de multa. Es importante que busques apoyo legal para que te asesoren en el proceso.
¿Las penas son las mismas en otros lugares?
No, este artículo establece que las penas se reducen a la mitad solo cuando las conductas delictivas ocurren en un lugar de trabajo. En otros contextos, las penas pueden ser diferentes y no estar sujetas a esta reducción.