Código Penal Colombiano · Ley 599 de 2000

Artículo 184 del Código Penal Colombiano

Constreñimiento para delinquir

¿Qué dice el artículo 184?

El artículo 184 del Código Penal Colombiano establece que quien constriña a otra persona a cometer un delito, siempre que este no tenga una pena mayor, será sancionado con prisión. Esta norma busca proteger la autonomía personal y prevenir que las personas sean forzadas a delinquir bajo coacción.

  • Prohíbe el constreñimiento para delinquir.
  • Aplica a quien obliga a otro a cometer un delito.
  • La pena varía entre 16 y 54 meses de prisión.
  • No se aplica si el delito tiene una pena mayor.
  • Busca proteger la libertad de decisión de las personas.

Ejemplos

  • Una persona que amenaza a otra para que robe un banco.
  • Alguien que coacciona a otro para que venda drogas bajo amenaza.
  • Conocer este artículo es útil si te sientes presionado a cometer un delito por alguien más.

Texto oficial del artículo 184

Artículo 184.Constreñimiento para delinquir. El que constriña a otro a cometer una conducta punible, siempre que ésta no constituya delito sancionado con pena mayor, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses.

NOTA: Penas aumentadas por el artículo 14 de la ley 890 de 2004. (Vigencia desde el 1° de enero de 2005)

Fuente: Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si alguien me obliga a cometer un delito?

Si alguien te constriñe a cometer un delito, esa persona puede ser sancionada con prisión de 16 a 54 meses. Es importante que sepas que no estás solo y que hay leyes que protegen tu autonomía personal.

¿Qué tipo de delitos se consideran bajo este artículo?

El artículo se aplica a cualquier conducta punible que no tenga una pena mayor. Esto significa que si alguien te obliga a cometer un delito menor, se puede aplicar esta norma para sancionar a quien te constriñe.

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