Código Nacional de Policía y Convivencia · Ley 1801 de 2016

Artículo 84 del Código Nacional de Policía

Perímetro de impacto de la actividad económica

¿Qué dice el artículo 84?

El artículo establece que en un perímetro alrededor de hospitales, centros de salud, educativos y religiosos no se pueden realizar actividades económicas como la prostitución, juegos de azar o eventos ruidosos que afecten la tranquilidad. Los Concejos Distritales o Municipales, a iniciativa de los Alcaldes, deben definir este perímetro dentro del año siguiente a la publicación de la ley.

  • Prohibición de actividades económicas ruidosas cerca de centros sensibles.
  • Los Concejos deben establecer el perímetro correspondiente.
  • Se respetan los derechos de establecimientos ya constituidos.
  • Los servicios de videojuegos deben cumplir con la Ley 1554 de 2012.

Ejemplos

  • No se puede abrir un bar ruidoso cerca de un hospital.
  • No se pueden realizar juegos de azar en un centro educativo.
  • Conocer este artículo es útil para saber dónde no se pueden establecer ciertos negocios.

Texto oficial del artículo 84

ARTÍCULO 84. Perímetro de impacto de la actividad económica. A partir de la expedición del presente Código, alrededor de hospitales, hospicios, centros de salud, centros que ofrezcan el servicio educativo en los niveles de preescolar, básica, media, superior o de educación para el trabajo y desarrollo humano, o centros religiosos, no podrán desarrollarse actividades económicas relacionadas con el ejercicio de la prostitución, juegos de suerte y azar localizados, concursos, o donde se ejecute, por cualquier medio, música o ruidos que afecten la tranquilidad.

Corresponderá a los Concejos Distritales o Municipales a iniciativa de los Alcaldes establecer el perímetro para el ejercicio de las actividades mencionadas en el presente artículo, dentro del año siguiente a la publicación de la presente ley.

PARÁGRAFO 1. Para el caso de los establecimientos de prestación de servicio de videojuegos, estos deberán cumplir lo dispuesto por la Ley 1554 de 2012 en su artículo 3, o por las normas que la modifiquen o adicionen.

PARÁGRAFO 2. Se respetarán los derechos adquiridos de los establecimientos legalmente constituidos.

Fuente: Código Nacional de Policía y Convivencia (Ley 1801 de 2016), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué actividades están prohibidas cerca de hospitales?

Cerca de hospitales, centros de salud y educativos no se pueden desarrollar actividades como la prostitución, juegos de suerte y azar, ni eventos que generen música o ruidos que afecten la tranquilidad de las personas.

¿Quién establece el perímetro de impacto?

El perímetro de impacto debe ser establecido por los Concejos Distritales o Municipales, a iniciativa de los Alcaldes, dentro del año siguiente a la publicación de la ley.

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