Constitución Política de Colombia · Constitución de 1991

Artículo transitorio 21 de la Constitución Política de Colombia

Según el texto oficial, este artículo está vigente.

¿Qué dice el artículo transitorio 21?

Este artículo establece que el Congreso debe expedir normas que desarrollen los principios del artículo 125 de la Constitución en un año tras su instalación. Si no lo hace, el Presidente puede hacerlo en tres meses. Una vez expedidas, los nominadores de servidores públicos deben aplicarlas en seis meses. Mientras tanto, seguirán vigentes las normas actuales que no contradigan la Constitución.

  • El Congreso tiene un año para expedir normas sobre la carrera administrativa.
  • Si el Congreso no actúa, el Presidente puede expedirlas en tres meses.
  • Los nominadores deben aplicar las nuevas normas en seis meses.
  • El incumplimiento de estos plazos es mala conducta.
  • Las normas actuales seguirán vigentes hasta que se expidan las nuevas.

Ejemplos

  • Un funcionario público que espera la aplicación de nuevas normas sobre su carrera administrativa.
  • Un ciudadano que se pregunta sobre la vigencia de las normas actuales mientras se desarrollan las nuevas.
  • Un nominador que debe aplicar las nuevas normas en su proceso de selección de personal.

Texto oficial del artículo transitorio 21

Artículo transitorio 21. Las normas legales que desarrollen los principios consignados en el artículo 125 de la Constitución serán expedidas por el Congreso dentro del año siguiente a su instalación. Si en este plazo el Congreso no las dicta, el Presidente de la República queda facultado para expedirlas en un término de tres meses.

A partir de la expedición de las normas legales que regulen la carrera, los nominadores de los servidores públicos la aplicarán en un término de seis meses.

El incumplimiento de los términos señalados en el inciso anterior será causal de mala conducta.

Mientras se expiden las normas a que hace referencia este articulo, continuarán vigentes las que regulan actualmente la materia en cuanto no contraríen la Constitución.

Fuente: Constitución Política de Colombia (Constitución de 1991), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si el Congreso no expide las normas a tiempo?

Si el Congreso no expide las normas dentro del año siguiente a su instalación, el Presidente de la República tiene la facultad de hacerlo en un plazo de tres meses. Esto asegura que haya un marco normativo para la carrera administrativa.

¿Qué ocurre con las normas actuales mientras se crean las nuevas?

Mientras se expiden las nuevas normas, seguirán vigentes las que actualmente regulan la materia, siempre y cuando no contradigan la Constitución. Esto garantiza continuidad en la regulación de la carrera administrativa.

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