Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950
Artículo 491 del Código Sustantivo del Trabajo
DISPOSICIONES SUSPENDIDAS
¿Qué dice el artículo 491?
El artículo establece que desde la vigencia del Código Sustantivo del Trabajo, quedan suspendidas todas las leyes y normas anteriores que regulaban los derechos laborales, tanto individuales como colectivos, entre empleadores y trabajadores, así como entre la Administración Pública y sus servidores. Esto implica que las normas previas ya no son aplicables en estas materias.
- Suspensión de leyes laborales anteriores.
- Afecta derechos individuales y colectivos de trabajo.
- Aplica a relaciones entre empleadores y trabajadores.
- Incluye a la Administración Pública y sus servidores.
- Se suspenden artículos específicos de un decreto anterior.
Ejemplos
- Un trabajador que busca hacer valer sus derechos laborales ya no se rige por normas anteriores a este Código.
- Un sindicato que negocia un convenio colectivo debe basarse en las disposiciones de este Código, no en leyes previas.
Texto oficial del artículo 491
ARTICULO 491. DISPOSICIONES SUSPENDIDAS.
Desde la fecha en que principie la vigencia de este Código, quedan suspendidas todas las leyes, decretos, resoluciones y demás preceptos anteriores de carácter nacional, reguladores de las materias contempladas en éste Código, en cuanto han venido rigiendo los derechos individual y colectivo de trabajo entre {empleadores} y trabajadores particulares y los del derecho colectivo de trabajo entre la Administración Pública y sus servidores.
Suspéndanse los artículos 121, 122, 123, 124, 125, 126, 127, 128 y 129 del Decreto 2158 de 1948, adoptado como Ley por el Decreto 4133 de 1948.
Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa que se suspendan leyes anteriores?
Significa que las normas laborales que existían antes de la vigencia del Código Sustantivo del Trabajo ya no son válidas. Esto asegura que todos los derechos y regulaciones laborales se rijan por las nuevas disposiciones establecidas en este Código.
¿A quiénes afecta esta suspensión?
Afecta tanto a los trabajadores como a los empleadores, así como a los servidores públicos. Todos deben regirse por las nuevas normas del Código y no por las leyes laborales anteriores que han sido suspendidas.