Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950

Artículo 484 del Código Sustantivo del Trabajo

DISOLUCION DEL SINDICATO

¿Qué dice el artículo 484?

El artículo establece que, en caso de disolución de un sindicato de trabajadores que haya participado en un contrato sindical, los trabajadores seguirán prestando sus servicios bajo las condiciones acordadas en el contrato. Además, la caución que el sindicato haya presentado se mantendrá para garantizar las obligaciones de los trabajadores involucrados.

  • Los trabajadores continúan en sus labores tras la disolución del sindicato.
  • Se respetan las condiciones del contrato sindical vigente.
  • La caución del sindicato disuelto sigue siendo válida.

Ejemplos

  • Si un sindicato se disuelve, los trabajadores seguirán trabajando en la empresa bajo los mismos términos acordados.
  • Un grupo de trabajadores que pertenecía a un sindicato disuelto puede seguir recibiendo sus salarios y beneficios mientras el contrato esté vigente.

Texto oficial del artículo 484

ARTICULO 484. DISOLUCION DEL SINDICATO. En caso de disolución del sindicato de trabajadores que haya sido parte de un contrato sindical, los trabajadores continuarán prestando sus servicios en las condiciones estipuladas, mientras dure la vigencia del contrato. La caución que haya prestado el sindicato disuelto subsistirá para garantizar las obligaciones de los respectivos trabajadores.

TERCERA PARTE.

VIGILANCIA, CONTROL Y DISPOSICIONES FINALES.

Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si se disuelve el sindicato al que pertenezco?

Si se disuelve el sindicato, tú y tus compañeros seguirán trabajando bajo las mismas condiciones que tenían en el contrato sindical, hasta que este finalice. La caución presentada por el sindicato también seguirá vigente para garantizar sus obligaciones.

¿La disolución del sindicato afecta mis derechos laborales?

No, la disolución del sindicato no afecta tus derechos laborales. Continuarás trabajando en las mismas condiciones acordadas en el contrato sindical hasta que este se termine.

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