Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950

Artículo 339 del Código Sustantivo del Trabajo

COOPERATIVAS

¿Qué dice el artículo 339?

El artículo establece que las sociedades cooperativas están obligadas a proporcionar a sus trabajadores las mismas prestaciones que las empresas. Para determinar el valor de estas prestaciones, se debe considerar el patrimonio de la cooperativa, según la certificación de la Superintendencia correspondiente. Esto garantiza que los trabajadores de cooperativas tengan derechos similares a los de empleados en empresas tradicionales.

  • Las cooperativas deben cumplir con las mismas prestaciones que las empresas.
  • El patrimonio de la cooperativa se usa para calcular dichas prestaciones.
  • La certificación de la Superintendencia es necesaria para este cálculo.

Ejemplos

  • Un trabajador en una cooperativa agrícola tiene derecho a las mismas prestaciones que uno en una empresa agrícola.
  • Si una cooperativa de servicios tiene empleados, debe garantizarles prestaciones como salud y pensión, igual que cualquier empresa.
  • Conocer este artículo es útil si trabajas en una cooperativa y quieres asegurarte de recibir tus derechos laborales.

Texto oficial del artículo 339

ARTICULO 339. COOPERATIVAS. Las sociedades cooperativas deben a sus trabajadores las mismas prestaciones que las empresas; y se tendrá como capital para graduarlas el valor de su patrimonio, según certificación de la Superintendencia del ramo.

Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Qué prestaciones debo recibir si trabajo en una cooperativa?

Si trabajas en una cooperativa, tienes derecho a recibir las mismas prestaciones que los empleados de una empresa. Esto incluye aspectos como salud, pensión y otras garantías laborales, asegurando que tu situación laboral sea justa y equitativa.

¿Cómo se determina el valor de mis prestaciones en la cooperativa?

El valor de tus prestaciones se determina considerando el patrimonio de la cooperativa. Este valor debe ser certificado por la Superintendencia del ramo, lo que asegura que se calculen de manera justa y acorde a la situación financiera de la cooperativa.

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