Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950
Artículo 178 del Código Sustantivo del Trabajo
SUSPENSION DEL TRABAJO EN OTROS DIAS DE FIESTA
¿Qué dice el artículo 178?
El artículo establece que si el empleador suspende el trabajo por una fiesta no especificada, debe pagar el salario del día como si se hubiera trabajado. Sin embargo, no está obligado a pagar si hay un acuerdo previo para la suspensión o compensación, o si esto está estipulado en reglamentos o convenios. Este trabajo compensatorio no se considera horas extras.
- El empleador debe pagar el salario si suspende el trabajo por fiesta no determinada.
- No hay obligación de pago si hay un convenio para la suspensión o compensación.
- El trabajo compensatorio no se considera como horas extras.
Ejemplos
- Si un empleador decide cerrar la empresa por una fiesta local, debe pagar a los empleados si no hay acuerdo previo.
- En una empresa donde se pactó que los días festivos se compensan con días libres, no se paga el salario del día festivo.
Texto oficial del artículo 178
ARTICULO 178. SUSPENSION DEL TRABAJO EN OTROS DIAS DE FIESTA. Cuando por motivos de cualquier fiesta no determinada en el artículo anterior el {empleador} suspendiere el trabajo, está obligado a pagar el salario de ese día, como si se hubiere realizado. No está obligado a pagarlo cuando hubiere mediado convenio expreso para la suspensión del trabajo o su compensación en otro día hábil, o cuando la suspensión o compensación estuviere prevista en reglamento, pacto, convención colectiva o fallo arbitral. Este trabajo compensatorio se remunera sin que se entienda como trabajo suplementario o de horas extras.
Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si mi empleador cierra la empresa por una fiesta?
Si tu empleador cierra la empresa por una fiesta no determinada y no hay un acuerdo previo, debe pagarte el salario de ese día como si hubieras trabajado. Si hay un convenio que estipula la suspensión o compensación, entonces no está obligado a pagarte.
¿Qué significa que el trabajo compensatorio no es horas extras?
Significa que si trabajas en un día que se compensó por una suspensión, ese tiempo no se cuenta como horas extras, por lo que no recibirás un pago adicional por ese trabajo, solo el salario normal.