Código Penal Colombiano · Ley 599 de 2000
Artículo 232 del Código Penal Colombiano
Adopción irregular
¿Qué dice el artículo 232?
El artículo 232 del Código Penal Colombiano establece que promover o realizar la adopción de un menor sin los requisitos legales o sin la licencia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar es un delito. La pena va de 16 a 90 meses de prisión, y puede aumentar si se actúa con ánimo de lucro o se abusa de una posición oficial. Aplica a cualquier persona involucrada en la adopción irregular.
- Promover adopción sin requisitos legales es un delito.
- Se requiere licencia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
- La pena es de 16 a 90 meses de prisión.
- La pena aumenta si hay ánimo de lucro.
- El abuso de investidura oficial conlleva pérdida del empleo.
Ejemplos
- Una persona que intenta adoptar un niño sin la licencia requerida del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
- Un funcionario que utiliza su cargo para facilitar una adopción irregular a cambio de dinero.
Texto oficial del artículo 232
Artículo 232.Adopción irregular. Al que promueva o realice la adopción del menor sin cumplir los requisitos legales correspondientes, o sin la respectiva licencia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para adelantar programas de adopción, o utilizando prácticas irregulares lesivas para el menor, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a noventa (90) meses.
La pena se aumentará de la mitad a las tres cuartas partes cuando:
1. La conducta se realice con ánimo de lucro.
2. El copartícipe se aproveche de su investidura oficial o de su profesión para realizarla, caso en el cual se le impondrá, además, como pena, la pérdida del empleo o cargo público.
NOTA: penas aumentadas por el artículo 14 de la ley 890 de 2004 (vigencia a partir del 1° de enero de 2005)
CAPITULO CUARTO DE LOS DELITOS CONTRA LA ASISTENCIA ALIMENTARIA
Fuente: Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si realizo una adopción sin licencia?
Si realizas una adopción sin cumplir los requisitos legales o sin la licencia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, puedes enfrentar una pena de prisión de 16 a 90 meses. Además, si hay ánimo de lucro o abuso de una posición oficial, la pena puede aumentar.
¿Quiénes pueden ser sancionados por adopción irregular?
Cualquier persona que promueva o realice una adopción sin los requisitos legales puede ser sancionada. Esto incluye a quienes actúan con ánimo de lucro o quienes abusan de su posición oficial para facilitar la adopción irregular.