Constitución Política de Colombia · Constitución de 1991

Artículo 100 de la Constitución Política de Colombia

Los extranjeros disfrutarán en Colombia de los mismos derechos civiles que se conceden a los colombianos

¿Qué dice el artículo 100?

El artículo establece que los extranjeros en Colombia tienen los mismos derechos civiles que los colombianos. Sin embargo, la ley puede imponer condiciones especiales o negar ciertos derechos por razones de orden público. Los derechos políticos son exclusivos de los nacionales, aunque se puede permitir el voto a extranjeros en elecciones municipales o distritales.

  • Los extranjeros disfrutan de derechos civiles en Colombia.
  • La ley puede limitar derechos civiles por orden público.
  • Los derechos políticos son solo para nacionales.
  • Extranjeros pueden votar en elecciones locales bajo ciertas condiciones.

Ejemplos

  • Un extranjero puede acceder a servicios de salud y educación en Colombia como un colombiano.
  • Si un extranjero quiere participar en una consulta popular municipal, puede hacerlo si la ley lo permite.
  • Un extranjero que comete una infracción puede enfrentar condiciones especiales según la ley.

Texto oficial del artículo 100

Artículo 100. Los extranjeros disfrutarán en Colombia de los mismos derechos civiles que se conceden a los colombianos. No obstante, la ley podrá, por razones de orden público, subordinar a condiciones especiales o negar el ejercicio de determinados derechos civiles a los extranjeros. Así mismo, los extranjeros gozarán, en el territorio de la República, de las garantías concedidas a los nacionales, salvo las limitaciones que establezcan la Constitución o la ley.

Los derechos políticos se reservan a los nacionales, pero la ley podrá conceder a los extranjeros residentes en Colombia el derecho al voto en las elecciones y consultas populares de carácter municipal o distrital.

Fuente: Constitución Política de Colombia (Constitución de 1991), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.

Preguntas frecuentes

¿Pueden los extranjeros votar en Colombia?

Sí, los extranjeros residentes en Colombia pueden votar en elecciones y consultas populares de carácter municipal o distrital, siempre que la ley lo permita.

¿Los derechos de los extranjeros son iguales a los de los colombianos?

En general, los extranjeros disfrutan de los mismos derechos civiles que los colombianos, pero la ley puede imponer condiciones especiales o limitar ciertos derechos por razones de orden público.

¿Qué derechos políticos tienen los extranjeros?

Los derechos políticos son reservados para los nacionales. Sin embargo, la ley puede permitir que los extranjeros voten en elecciones locales bajo ciertas condiciones.

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