Código Sustantivo del Trabajo · Decreto 2663 de 1950
Artículo 327 del Código Sustantivo del Trabajo
ASISTENCIA MÉDICA
¿Qué dice el artículo 327?
El artículo establece que las empresas mineras e industriales en el departamento del Chocó deben proporcionar asistencia médica, farmacéutica, quirúrgica y hospitalaria a sus trabajadores en caso de enfermedad no profesional. La duración de esta asistencia varía según el capital de la empresa, siendo de hasta seis meses para capitales superiores a doscientos mil pesos y de hasta tres meses para capitales iguales o inferiores a esa suma.
- Las empresas deben ofrecer asistencia médica a sus trabajadores.
- La duración de la asistencia depende del capital de la empresa.
- Se requiere un médico por cada 200 trabajadores o fracción de 50.
- Aplica a empresas mineras e industriales en el Chocó.
- La asistencia cubre enfermedades no profesionales.
Ejemplos
- Un trabajador de una mina en el Chocó que se enferma y necesita atención médica recibirá asistencia de su empresa.
- Una empresa industrial en el Chocó con más de 200 empleados debe tener un médico disponible para atender a sus trabajadores.
Texto oficial del artículo 327
ARTICULO 327. ASISTENCIA MÉDICA. Las empresas mineras e industriales del departamento del Chocó tienen como obligación especial la de suministrar a sus trabajadores asistencia médica, farmacéutica, quirúrgica y hospitalaria en caso de enfermedad no profesional, hasta por seis (6) meses, cuando su capital exceda de doscientos mil pesos ($200.000), y hasta por tres (3) meses, cuando su capital sea igual o inferior a esa suma, debiendo tener un médico en ejercicio legal de la profesión por cada doscientos (200) trabajadores, o fracción no inferior a cincuenta (50).
Fuente: Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué tipo de asistencia médica debo esperar de mi empresa?
Debes esperar que tu empresa te brinde asistencia médica, farmacéutica, quirúrgica y hospitalaria en caso de enfermedad no profesional. La duración de esta asistencia dependerá del capital de la empresa.
¿Cuántos médicos debe tener mi empresa?
Tu empresa debe tener un médico en ejercicio legal por cada 200 trabajadores o por cada fracción de 50. Esto asegura que todos los empleados tengan acceso a atención médica adecuada.