Código Penal Colombiano · Ley 599 de 2000
Artículo 438 del Código Penal Colombiano
Circunstancias de agravación
¿Qué dice el artículo 438?
Este artículo establece que si una persona simula pruebas para afectar a alguien ante las autoridades, las penas que se apliquen se incrementarán hasta en una tercera parte. Esta norma busca sancionar más severamente a quienes intentan manipular la justicia mediante la falsificación de pruebas, siempre que esta acción no constituya otro delito por sí misma.
- Simular pruebas aumenta las penas.
- El incremento puede ser hasta en una tercera parte.
- La conducta no debe ser otro delito.
- Aplica a falsedades ante autoridades.
- Busca proteger la integridad del sistema judicial.
Ejemplos
- Una persona presenta documentos falsos para acusar a alguien de un delito que no cometió.
- Alguien crea pruebas falsas para perjudicar a un competidor en un proceso administrativo.
Texto oficial del artículo 438
Artículo 438.Circunstancias de agravación. Si para los efectos descritos en los artículos anteriores, el agente simula pruebas, las penas respectivas se aumentarán hasta en una tercera parte, siempre que esta conducta por sí misma no constituya otro delito.
Fuente: Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si presento pruebas falsas?
Si presentas pruebas falsas ante las autoridades, puedes enfrentar un aumento en las penas que se te impongan, hasta en una tercera parte. Esto se aplica siempre que tu conducta no constituya otro delito por sí misma.
¿Qué se considera simular pruebas?
Simular pruebas implica crear, modificar o presentar información falsa con el fin de engañar a las autoridades. Esto puede incluir documentos falsificados o testimonios inventados para perjudicar a otra persona.