Código Nacional de Policía y Convivencia · Ley 1801 de 2016
Artículo 106 del Código Nacional de Policía
Instrumentos de detección
¿Qué dice el artículo 106?
El artículo establece que el Gobierno nacional, a través de diversas entidades, debe proporcionar a la Policía Nacional y otras instituciones la información y los instrumentos técnicos necesarios para detectar sustancias y elementos químicos usados en la minería. Esto busca fortalecer las unidades de la Policía encargadas de controlar la explotación y aprovechamiento ilícito de minerales.
- El Gobierno debe suministrar información a la Policía.
- Se proporcionarán instrumentos técnicos para detección.
- Se busca fortalecer las unidades de Policía encargadas.
- Aplica a la actividad minera y su control.
- Es parte de las medidas contra la minería ilegal.
Ejemplos
- Cuando la Policía realiza operativos en zonas mineras para detectar sustancias ilegales.
- En situaciones donde se sospecha de minería ilegal y se requiere tecnología para identificar insumos químicos.
- Si un ciudadano observa actividades mineras sospechosas y quiere reportarlas.
Texto oficial del artículo 106
ARTÍCULO 106. Instrumentos de detección. El Gobierno nacional a través de los Ministerios, Departamentos Administrativos o entidades descentralizadas, suministrará a la Policía Nacional y demás instituciones que considere pertinentes, información o instrumentos técnicos indispensables para la detección de sustancias, elementos o insumos químicos utilizados en la actividad minera y garantizará el fortalecimiento de las unidades de la Policía encargadas, para el efectivo cumplimiento de lo dispuesto en el presente título.
Fuente: Código Nacional de Policía y Convivencia (Ley 1801 de 2016), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué tipo de información se suministrará a la Policía?
El artículo menciona que el Gobierno nacional proporcionará información e instrumentos técnicos necesarios para detectar sustancias y elementos químicos utilizados en la minería. Esto es fundamental para que la Policía pueda realizar su labor de control y prevención de la explotación ilícita de minerales.
¿Quiénes recibirán esta información?
La información y los instrumentos técnicos serán suministrados a la Policía Nacional y a otras instituciones que el Gobierno considere pertinentes. Esto asegura que las entidades encargadas del control de la minería cuenten con las herramientas necesarias para su labor.