Código Nacional de Policía y Convivencia · Ley 1801 de 2016
Artículo 100 del Código Nacional de Policía
Comportamientos contrarios a la preservación del agua
¿Qué dice el artículo 100?
Este artículo establece comportamientos que son contrarios a la preservación del agua en Colombia. Se aplica a cualquier persona que realice actividades que afecten el uso y conservación del recurso hídrico, como arrojar contaminantes o captar agua sin autorización. Busca proteger los cuerpos de agua y las zonas ambientales.
- No se puede usar agua sin autorización ambiental.
- Está prohibido arrojar residuos a cuerpos de agua.
- No se debe dañar zonas de manejo ambiental.
- Se requiere autorización para captar agua de fuentes hídricas.
- Lavar bienes en espacios públicos está prohibido.
Comportamientos y medidas correctivas
| Numeral | Comportamiento | Medida correctiva |
|---|---|---|
| 1 | Uso del agua sin autorización | Amonestación; Suspensión temporal de actividad |
| 2 | Arrojar contaminantes al agua | Amonestación; Multa general tipo 4; Suspensión temporal de actividad |
| 3 | Dañar cuerpos de agua | Suspensión temporal de actividad |
| 4 | Captar agua sin autorización | Amonestación; Suspensión temporal de actividad |
| 5 | Lavar bienes en espacios públicos | Multa general tipo 4 |
| 6 | Actividades en humedales sin normatividad | Amonestación; Multa general tipo 4; Suspensión temporal de actividad |
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Ejemplos
- No puedes lavar tu carro en una quebrada o río.
- No debes arrojar basura en un canal o lago.
- Si quieres captar agua de un río, necesitas permiso de la autoridad ambiental.
Texto oficial del artículo 100
ARTÍCULO 100. Comportamientos contrarios a la preservación del agua. Los siguientes comportamientos son contrarios a la preservación del agua y por lo tanto no deben efectuarse:
1. Utilizarla en actividades diferentes a la respectiva autorización ambiental.
2. Arrojar sustancias contaminantes, residuos o desechos a los cuerpos de agua.
3. Deteriorar, dañar o alterar los cuerpos de agua, zonas de ronda hídrica y zonas de manejo y preservación ambiental en cualquier forma.
4. Captar agua de las fuentes hídricas sin la autorización de la autoridad ambiental.
5. Lavar bienes muebles en el espacio público, vía pública, ríos, canales y quebradas.
6. Realizar cualquier actividad en contra de la normatividad sobre conservación y preservación de humedales, y sobre cananguchales y morichales.
PARÁGRAFO . Quien incurra en uno o más de los comportamientos antes señalados, será objeto de la aplicación de las siguientes medidas correctivas:
COMPOR-TAMIENTOSMEDIDA CORRECTIVA A APLICAR
Numeral 1 Amonestación; Suspensión temporal de actividad
Numeral 2 Amonestación; Multa general tipo 4; Suspensión temporal de actividad
Numeral 3 Suspensión temporal de actividad
Numeral 4 Amonestación; Suspensión temporal de actividad
Numeral 5 Multa general tipo 4
Numeral 6 Amonestación; Multa general tipo 4; Suspensión temporal de actividad
Fuente: Código Nacional de Policía y Convivencia (Ley 1801 de 2016), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si arrojo basura en un río?
Arrojar basura en un río es un comportamiento prohibido. Puedes recibir una amonestación, una multa general tipo 4 o incluso una suspensión temporal de actividad, dependiendo de la gravedad de la infracción.
¿Necesito permiso para captar agua de un río?
Sí, captar agua de fuentes hídricas requiere autorización de la autoridad ambiental. Hacerlo sin permiso puede llevar a sanciones como amonestaciones o suspensión de actividades.