Código Nacional de Policía y Convivencia · Ley 1801 de 2016
Artículo 97 del Código Nacional de Policía
Aplicación de medidas preventivas
¿Qué dice el artículo 97?
El artículo establece que las autoridades de Policía tienen la facultad de imponer y ejecutar medidas preventivas según lo estipulado en la Ley 1333 de 2009. Estas medidas se aplican a comportamientos que afectan el ambiente. Además, se requiere que, tras imponer la medida, se notifique a la autoridad ambiental competente en un plazo de cinco días hábiles.
- Las autoridades de Policía pueden imponer medidas preventivas.
- Se aplican comportamientos relacionados con el ambiente.
- Las medidas deben ser notificadas a la autoridad ambiental en cinco días hábiles.
Ejemplos
- Si un ciudadano realiza actividades que contaminan un río, la Policía puede imponer medidas preventivas.
- En caso de que se realice una construcción sin los permisos ambientales, se pueden aplicar medidas correctivas.
Texto oficial del artículo 97
ARTÍCULO 97. Aplicación de medidas preventivas. Las autoridades de Policía podrán imponer y ejecutar las medidas preventivas consagradas en la Ley 1333 de 2009 por los comportamientos señalados en el presente título. Una vez se haya impuesto la medida preventiva deberán dar traslado de las actuaciones a la autoridad ambiental competente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la imposición de la misma, tal como lo ordena el artículo 2 de la Ley 1333 de 2009.
Fuente: Código Nacional de Policía y Convivencia (Ley 1801 de 2016), texto oficial. Consulta la norma completa en la Secretaría del Senado.
Preguntas frecuentes
¿Qué tipo de comportamientos pueden ser sancionados?
El artículo no especifica los comportamientos, pero menciona que se aplican medidas preventivas por aquellos que afectan el ambiente, según lo establecido en la Ley 1333 de 2009.
¿Qué pasa después de que se impone una medida preventiva?
Una vez impuesta la medida preventiva, la autoridad de Policía debe dar traslado de las actuaciones a la autoridad ambiental competente dentro de los cinco días hábiles siguientes.